Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Deportes (Mérida). Secretaría General (Badajoz). (05363/2021)
Resolución de la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a deportistas y entidades deportivas emeritenses del año 2021
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Deportes

Anuncio 5363/2021

Primero. Conceder las ayudas económicas destinadas a deportistas y entidades deportivas que se especifican
en el anexo I de esta resolución, cuya cuantía destinada a tal fin asciende a 40.000,00 €, con cargo a la partida
número 3401-48000 (ayudas al deporte base y desplazamientos) del presupuesto del ejercicio 2021.
Las cuantías de las ayudas otorgadas son el resultado de la valoración de los méritos deportivos acreditados,
según la fórmula de cálculo, previsto en el apartado noveno de la citada convocatoria.
Segundo. Desestimar las solicitudes de ayuda económica a deportistas y entidades deportivas que se
especifican en el anexo II de esta resolución.
Tercero. El abono de las ayudas económicas concedidas se hará efectivos en la forma prevista en el apartado
duodécimo de la convocatoria:
"...La subvención podrá ser abonada en un solo pago anticipado, previa presentación de toda la
documentación necesaria que acredite la identidad y el cumplimiento de todos y cada uno de
los requisitos establecidos según la legislación vigente, certificados de estar al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias (Hacienda Municipal, Hacienda Autonómica,
Agencia Tributaria Estatal) y frente a la Seguridad Social, además de la declaración de
responsabilidad de no estar incurso en ningún procedimiento de reintegro."
Cuarto. Comunicar a las y los perceptores de las ayudas que han de cumplir con las obligaciones previstas en
el apartado decimocuarto de la convocatoria a saber:
Decimocuarta.- Publicidad y difusión.
1. - Presencia del logo del Excmo. Ayuntamiento de Mérida en todos los soportes gráficos y
de comunicación que la persona o entidades deportivas tengan como espacios de
difusión.
2. - Presencia del logo del Excmo. Ayuntamiento de Mérida en la equipación oficial durante
la temporada 2021 y 2022.
3. - El Excmo. Ayuntamiento de Mérida puede divulgar la concesión de las ayudas y utilizar
la imagen gráfica de las personas o entidades que reciban ayudas, en sus propias
campañas de comunicación y difusión.
4. Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así
como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los
órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el
ejercicio de las actuaciones anteriores.
5. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la
convocatoria de ayudas y demás normativa de aplicación.
6. Colaborar con este Ayuntamiento en los proyectos relacionados con la promoción de la
práctica deportiva, así como en aquellas actividades que promocionen la educación
para la salud, la prevención de drogodependencias y las destinadas a fomentar la
práctica deportiva por parte de la mujer o a promover la igualdad de género.
Quinto. Asimismo, se comunica a las entidades deportivas, así como a las y los deportistas
beneficiarios, que se entenderá aceptada la ayuda que se concede a través de la presente
resolución, una vez transcurrido el plazo de 5 días naturales contados desde la publicación de
la resolución, sin que se manifieste expresamente lo contrario.
Sexto. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones descritas en el apartado duodécimo
y decimocuarto de la convocatoria, dará lugar en su caso, al procedimiento revocación y
posterior reintegro de la cuantía percibida en los términos previstos en el apartado
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 3 de 13