Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. Deportes (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05188/2021)
Extracto de las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas destinadas a reducir el impacto de los daños económicos provocados por el COVID-19 de Ribera del Fresno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno
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tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda, así como respecto a los compromisos y obligaciones
asumidas por el beneficiario.
g) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no
ser deudor del Ayuntamiento por deudas vencidas, liquidadas y exigibles.
11. Justificación y abono de las ayudas.
La justificación de estas ayudas y el cumplimiento de su finalidad se considerarán realizados mediante la presentación de
toda la documentación exigida en estas bases, por lo que una vez resuelta la concesión de la ayuda se tramitará el pago de
esta al beneficiario.
Las subvenciones se harán efectivas mediante uno pago al beneficiario, una vez se haya resuelto su concesión, previa
comprobación de los requisitos exigidos.
12. Incumplimiento, revocación y reintegro de las ayudas.
a) Procederá la revocación de la ayuda y el reintegro total de las cantidades percibidas, en los casos
establecidos en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y
demás normativa que resulte de aplicación, así como en el caso de incumplimiento de las obligaciones
recogidas en las presentes bases.
b) El procedimiento de reintegro se ajustará a lo establecido en el capítulo II del título II de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones. La resolución por la que se acuerde el reintegro de la subvención
será adoptada por el órgano competente. Además del reintegro de los fondos públicos percibidos
indebidamente, se exigirá el interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención
hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro. El interés exigible se calculará sobre el importe
a reintegrar de la subvención concedida. La falta de reintegro de las cantidades reclamadas, en periodo
voluntario, dará lugar a su cobro por vía de apremio con arreglo a la normativa vigente.
c) De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, las funciones de control y demás que comporten el ejercicio de
potestades administrativas, serán ejercidas por los órganos del Ayuntamiento de Ribera del Fresno.
13. Publicidad y plazos de presentación.
a) De conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, la información relativa a la presente convocatoria será remitida a la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (BDNS), la cual servirá de medio electrónico para el cumplimiento de las obligaciones de
publicidad contenidas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública
y Buen Gobierno. El extracto de convocatoria se publicará también en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz.
b) Las presentes bases se publicarán, asimismo, en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en el tablón
de anuncios situado en las dependencias municipales y en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento y
en su página Sede electrónica https://riberadelfresno.sedelectronica.es/info.2 y página web:
http://www.riberadelfresno.es/
c) El plazo de presentación de solicitudes de diez (10) días hábiles desde el siguiente a aquel en que tenga
lugar la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
d) Las solicitudes presentadas fuera del plazo señalado serán inadmitidas.
14. Protección de datos.
De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, se informa de lo siguiente:
— Responsable del tratamiento de sus datos: Ayuntamiento de Ribera del Fresno, único destinatario de la
información aportada voluntariamente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda, así como respecto a los compromisos y obligaciones
asumidas por el beneficiario.
g) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no
ser deudor del Ayuntamiento por deudas vencidas, liquidadas y exigibles.
11. Justificación y abono de las ayudas.
La justificación de estas ayudas y el cumplimiento de su finalidad se considerarán realizados mediante la presentación de
toda la documentación exigida en estas bases, por lo que una vez resuelta la concesión de la ayuda se tramitará el pago de
esta al beneficiario.
Las subvenciones se harán efectivas mediante uno pago al beneficiario, una vez se haya resuelto su concesión, previa
comprobación de los requisitos exigidos.
12. Incumplimiento, revocación y reintegro de las ayudas.
a) Procederá la revocación de la ayuda y el reintegro total de las cantidades percibidas, en los casos
establecidos en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y
demás normativa que resulte de aplicación, así como en el caso de incumplimiento de las obligaciones
recogidas en las presentes bases.
b) El procedimiento de reintegro se ajustará a lo establecido en el capítulo II del título II de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones. La resolución por la que se acuerde el reintegro de la subvención
será adoptada por el órgano competente. Además del reintegro de los fondos públicos percibidos
indebidamente, se exigirá el interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención
hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro. El interés exigible se calculará sobre el importe
a reintegrar de la subvención concedida. La falta de reintegro de las cantidades reclamadas, en periodo
voluntario, dará lugar a su cobro por vía de apremio con arreglo a la normativa vigente.
c) De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, las funciones de control y demás que comporten el ejercicio de
potestades administrativas, serán ejercidas por los órganos del Ayuntamiento de Ribera del Fresno.
13. Publicidad y plazos de presentación.
a) De conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, la información relativa a la presente convocatoria será remitida a la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (BDNS), la cual servirá de medio electrónico para el cumplimiento de las obligaciones de
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y Buen Gobierno. El extracto de convocatoria se publicará también en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz.
b) Las presentes bases se publicarán, asimismo, en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en el tablón
de anuncios situado en las dependencias municipales y en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento y
en su página Sede electrónica https://riberadelfresno.sedelectronica.es/info.2 y página web:
http://www.riberadelfresno.es/
c) El plazo de presentación de solicitudes de diez (10) días hábiles desde el siguiente a aquel en que tenga
lugar la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
d) Las solicitudes presentadas fuera del plazo señalado serán inadmitidas.
14. Protección de datos.
De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, se informa de lo siguiente:
— Responsable del tratamiento de sus datos: Ayuntamiento de Ribera del Fresno, único destinatario de la
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