Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. Deportes (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05188/2021)
Extracto de las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas destinadas a reducir el impacto de los daños económicos provocados por el COVID-19 de Ribera del Fresno
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno
Anuncio 5188/2021
intervención administrativa en relación con los establecimientos de hostelería y restauración, el comercio, los
establecimientos de juegos y apuestas, la actividad deportiva, la actividad cultural y otros eventos y actos en los municipios
de más de 3.000 habitantes en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y no fueran no subvencionadas en la convocatoria
anterior, de ayudas destinadas a reducir el impacto de la actividad económica y de empleo a consecuencia del cierre de la
actividad como consecuencia del COVID-19 publicada en BOP n.º 62 de 6 de abril de 2021.
A efectos de las presentes bases reguladoras serán requisitos para los beneficiarios:
a) Que la actividad tenga domicilio fiscal en la localidad de Ribera del Fresno.
b) Que se encuentre en alta en el régimen de la Seguridad Social o la mutua profesional correspondiente.
c) Que se encuentre dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en la actividad comercial
principal por la que se solicita la ayuda en el momento de presentación de la solicitud. Estando su actividad
encuadrada en alguna de las previstas en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE). En caso
de alta en el municipio en dos o más epígrafes del IAE solo se considerará una de ellas, no pudiendo obtener
un mismo beneficiario ayudas por el desarrollo de dos actividades diferentes.
d) Que se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal
(AEAT), con la Administración Tributaria Autonómica, con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y
con el Ayuntamiento de Ribera del Fresno.
e) Que no se encuentre incurso en ninguna de las circunstancias previstas en los artículos 13.2, 13.3 y 34.5 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
6. Cuantía de las ayudas.
La ayuda económica será el importe de dividir los créditos iniciales por el número de empresas que reúnan todos los
requisitos, con un importe máximo de 300,00€ por cada una.
7. Solicitudes, plazo de presentación y documentación.
7.1. Solicitud de los beneficiarios.
Se presentará una única solicitud de ayuda por beneficiario.
Dicha solicitud de ayuda se formalizará en el modelo normalizado de solicitud que se especifique en la convocatoria y que se
acompaña a las presentes bases.
La información y el modelo de solicitud estarán disponibles en la sección de ayudas y subvenciones de la Sede electrónica
del Ayuntamiento de Ribera del Fresno. https://riberadelfresno.sedelectronica.es/board
7.2. Plazo y lugar de presentación.
La solicitud, debidamente cumplimentada, se podrá presentar en los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
El anexo I de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con la documentación, será presentada de la siguiente manera:
a) En la Sede electrónica municipal: https://riberadelfresno.sedelectronica.es/info.2
c) En el registro del propio Ayuntamiento de Ribera del Fresno, y en los demás lugares contemplados en el artículo 16 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.3. Documentación.
a) La solicitud normalizada (anexo I), deberá estar firmada por el interesado o su representante y debe
acompañarse obligatoriamente de:
1. En el caso de personas físicas, DNI por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte.
2. En el caso de personas jurídicas, CIF de la empresa y escritura de constitución, Acuerdo de
nombramiento de representante, así como DNI por las dos caras o NIE acompañado del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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intervención administrativa en relación con los establecimientos de hostelería y restauración, el comercio, los
establecimientos de juegos y apuestas, la actividad deportiva, la actividad cultural y otros eventos y actos en los municipios
de más de 3.000 habitantes en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y no fueran no subvencionadas en la convocatoria
anterior, de ayudas destinadas a reducir el impacto de la actividad económica y de empleo a consecuencia del cierre de la
actividad como consecuencia del COVID-19 publicada en BOP n.º 62 de 6 de abril de 2021.
A efectos de las presentes bases reguladoras serán requisitos para los beneficiarios:
a) Que la actividad tenga domicilio fiscal en la localidad de Ribera del Fresno.
b) Que se encuentre en alta en el régimen de la Seguridad Social o la mutua profesional correspondiente.
c) Que se encuentre dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en la actividad comercial
principal por la que se solicita la ayuda en el momento de presentación de la solicitud. Estando su actividad
encuadrada en alguna de las previstas en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE). En caso
de alta en el municipio en dos o más epígrafes del IAE solo se considerará una de ellas, no pudiendo obtener
un mismo beneficiario ayudas por el desarrollo de dos actividades diferentes.
d) Que se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal
(AEAT), con la Administración Tributaria Autonómica, con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y
con el Ayuntamiento de Ribera del Fresno.
e) Que no se encuentre incurso en ninguna de las circunstancias previstas en los artículos 13.2, 13.3 y 34.5 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
6. Cuantía de las ayudas.
La ayuda económica será el importe de dividir los créditos iniciales por el número de empresas que reúnan todos los
requisitos, con un importe máximo de 300,00€ por cada una.
7. Solicitudes, plazo de presentación y documentación.
7.1. Solicitud de los beneficiarios.
Se presentará una única solicitud de ayuda por beneficiario.
Dicha solicitud de ayuda se formalizará en el modelo normalizado de solicitud que se especifique en la convocatoria y que se
acompaña a las presentes bases.
La información y el modelo de solicitud estarán disponibles en la sección de ayudas y subvenciones de la Sede electrónica
del Ayuntamiento de Ribera del Fresno. https://riberadelfresno.sedelectronica.es/board
7.2. Plazo y lugar de presentación.
La solicitud, debidamente cumplimentada, se podrá presentar en los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
El anexo I de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con la documentación, será presentada de la siguiente manera:
a) En la Sede electrónica municipal: https://riberadelfresno.sedelectronica.es/info.2
c) En el registro del propio Ayuntamiento de Ribera del Fresno, y en los demás lugares contemplados en el artículo 16 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.3. Documentación.
a) La solicitud normalizada (anexo I), deberá estar firmada por el interesado o su representante y debe
acompañarse obligatoriamente de:
1. En el caso de personas físicas, DNI por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte.
2. En el caso de personas jurídicas, CIF de la empresa y escritura de constitución, Acuerdo de
nombramiento de representante, así como DNI por las dos caras o NIE acompañado del
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