Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (05153/2021)
Bases y convocatoria para constituir una lista de espera para la contratación de Profesores de Música
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 5153/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Almendralejo
Almendralejo (Badajoz)
Anuncio 5153/2021
Bases y convocatoria para constituir una lista de espera para la contratación de Profesores de Música
BASES Y CONVOCATORIA PARA CONSTITUIR UNA LISTA DE ESPERA PARA LA CONTRATACIÓN, CON CARÁCTER DE PERSONAL
LABORAL CONTRATADO POR DURACIÓN DETERMINADA, DE PROFESORES DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA
La Junta de Gobierno Local, por Delegación de la Alcaldía-Presidencia otorgada por decreto de 21 de junio de 2019,
publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz (BOP en adelante), número 125, de 3 de julio de 2019, en uso de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en
sesión celebrada el día 17 de noviembre de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
…/….
Segundo.- Aprobar las bases que regirán la convocatoria de selección para constituir una lista de espera para la
contratación, con carácter de personal laboral contratado por duración determinada, de Profesores de la Escuela Municipal
de Música dependiente de este Ayuntamiento.
Tercero.- Convocar pruebas selectivas a través del sistema de oposición libre, para la constitución de esta lista de espera.
Cuarto.- Publicar la bases y convocatoria de selección en el BOP, en la página web www.almendralejo.es y en los tablones de
edictos de este Ayuntamiento y disponer un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de esta publicación,
para la presentación de solicitudes.
BASES
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.º.- Objeto. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una lista de espera, a través del sistema de oposición
libre, para la contratación con carácter de personal laboral contratado, por duración determinada, de Profesores de la
Escuela Municipal de Música (EMMA en adelante) en las especialidades que se señalan en anexo I a esta convocatoria.
Se fundamenta la excepcionalidad y la conyunturalidad de la contratación en el desarrollo del programa de actividades de la
EMMA dependiente de la Banda y Escuelas Municipales de Música de este Ayuntamiento, que se considera prioritario para
esta Corporación por los fines que persigue.
Con la aprobación de esta convocatoria se dejan sin efectos convocatorias o listas de esperas convocadas, anteriormente,
para los mismos fines y especialidades a las que se refiera.
2.º.- Igualdad de trato. Todo el proceso selectivo se desarrollará en condiciones de igualdad efectiva entre mujeres y
hombres.
3.º.- Modalidad y duración de las contrataciones. Las contrataciones que se puedan generar, por duración determinada,
estarán acogidas a las modalidades de contratación por duración determinada, previstas en el artículo 15.1 del Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y
Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en
materia de contratos de duración determinada.
La duración de las contrataciones y la jornada se ajustará a la temporalización de las actividades a desarrollar, conforme a lo
dispuesto por el acuerdo regulador de las condiciones de trabajo de los empleados públicos de este Ayuntamiento.
Quedan excluidas las contrataciones con cargo a determinadas subvenciones o programas, en la que se establezcan
sistemas propios de selección del personal.
No obstante, conforme al artículo 3 del Reglamento regulador de funcionamiento de las listas de espera para la
contratación, contenido en el anexo III del acuerdo regulador de las condiciones de trabajo de los empleados públicos de
este Ayuntamiento (DOE 17 de septiembre de 2018), los aspirantes de lista que se constituya, conforme a lo dispuesto por el
artículo 4.2 del propio Reglamento, figurarán en única lista independiente, que será utilizada tanto para el nombramiento de
personal funcionario interino, como para la contratación de personal laboral por duración determinada, con estricta
sujeción a las normas legales de aplicación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Almendralejo (Badajoz)
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Bases y convocatoria para constituir una lista de espera para la contratación de Profesores de Música
BASES Y CONVOCATORIA PARA CONSTITUIR UNA LISTA DE ESPERA PARA LA CONTRATACIÓN, CON CARÁCTER DE PERSONAL
LABORAL CONTRATADO POR DURACIÓN DETERMINADA, DE PROFESORES DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA
La Junta de Gobierno Local, por Delegación de la Alcaldía-Presidencia otorgada por decreto de 21 de junio de 2019,
publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz (BOP en adelante), número 125, de 3 de julio de 2019, en uso de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en
sesión celebrada el día 17 de noviembre de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
…/….
Segundo.- Aprobar las bases que regirán la convocatoria de selección para constituir una lista de espera para la
contratación, con carácter de personal laboral contratado por duración determinada, de Profesores de la Escuela Municipal
de Música dependiente de este Ayuntamiento.
Tercero.- Convocar pruebas selectivas a través del sistema de oposición libre, para la constitución de esta lista de espera.
Cuarto.- Publicar la bases y convocatoria de selección en el BOP, en la página web www.almendralejo.es y en los tablones de
edictos de este Ayuntamiento y disponer un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de esta publicación,
para la presentación de solicitudes.
BASES
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.º.- Objeto. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una lista de espera, a través del sistema de oposición
libre, para la contratación con carácter de personal laboral contratado, por duración determinada, de Profesores de la
Escuela Municipal de Música (EMMA en adelante) en las especialidades que se señalan en anexo I a esta convocatoria.
Se fundamenta la excepcionalidad y la conyunturalidad de la contratación en el desarrollo del programa de actividades de la
EMMA dependiente de la Banda y Escuelas Municipales de Música de este Ayuntamiento, que se considera prioritario para
esta Corporación por los fines que persigue.
Con la aprobación de esta convocatoria se dejan sin efectos convocatorias o listas de esperas convocadas, anteriormente,
para los mismos fines y especialidades a las que se refiera.
2.º.- Igualdad de trato. Todo el proceso selectivo se desarrollará en condiciones de igualdad efectiva entre mujeres y
hombres.
3.º.- Modalidad y duración de las contrataciones. Las contrataciones que se puedan generar, por duración determinada,
estarán acogidas a las modalidades de contratación por duración determinada, previstas en el artículo 15.1 del Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y
Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en
materia de contratos de duración determinada.
La duración de las contrataciones y la jornada se ajustará a la temporalización de las actividades a desarrollar, conforme a lo
dispuesto por el acuerdo regulador de las condiciones de trabajo de los empleados públicos de este Ayuntamiento.
Quedan excluidas las contrataciones con cargo a determinadas subvenciones o programas, en la que se establezcan
sistemas propios de selección del personal.
No obstante, conforme al artículo 3 del Reglamento regulador de funcionamiento de las listas de espera para la
contratación, contenido en el anexo III del acuerdo regulador de las condiciones de trabajo de los empleados públicos de
este Ayuntamiento (DOE 17 de septiembre de 2018), los aspirantes de lista que se constituya, conforme a lo dispuesto por el
artículo 4.2 del propio Reglamento, figurarán en única lista independiente, que será utilizada tanto para el nombramiento de
personal funcionario interino, como para la contratación de personal laboral por duración determinada, con estricta
sujeción a las normas legales de aplicación.
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