Administración Local. Consorcios. Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz. Delegación de Hacienda (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05100/2021)
Bases de la convocatoria para la provisión por concurso de 22 puestos de Cabo Bombero vacantes del C.P.E.I.
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Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz
Anuncio 5100/2021
Por la posesión de un determinado grado personal consolidado hasta un máximo de 1,5 puntos distribuidos de la
siguiente forma:
- Si se posee un grado personal consolidado igual al nivel del complemento de destino del puesto de trabajo
que se solicita, se adjudicará 1 punto.
- Se otorgarán 0,25 por cada nivel superior al nivel del complemento de destino del puesto de trabajo que se
solicita.
1.2. Trabajo desarrollado:
Por servicios prestados en categoría de Cabo Bombero/a en CPEI o en cualquiera de las Administraciones
integrantes de citado Consorcio, se otorgarán 0,01puntos por mes, hasta un máximo de 2,5 puntos.
Aquellos/as funcionarios/as de carrera que hayan estado en excedencia voluntaria con reserva de plaza o en
situación de servicios especiales, se entenderá que durante el tiempo de permanencia en dicha situación
estuvieron o están, respectivamente, desempeñando un puesto de trabajo igual al reservado.
El periodo de trabajo desempeñado en comisión de servicios, a los efectos de valoración como mérito de
trabajo desarrollado en anteriores puestos, se computará como de desempeño en el puesto de origen del
funcionario obtenido con carácter definitivo.
1.3. Actividad formativa:
Por cursos de formación y perfeccionamiento, relacionada con las funciones del puesto de trabajo al que
opta, así como las materias transversales de Igualdad, Riesgos Laborales, Idiomas y Ofimática (hoja de cálculo,
base de datos, procesadores de texto, correo electrónico y aplicativos específicos de bomberos); hasta un
máximo de 4 puntos, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
- Por la participación como asistente: Por cada hora de duración 0,004 puntos.
- Por cursos impartidos: Por cada hora de duración 0,008 puntos.
- Las acciones formativas que figuren en días se contabilizarán 5 horas por día de duración.
- Las acciones formativas en las que no figuren el tiempo de duración, se puntuarán con 0,002 puntos los
cursos recibidos y 0,004 puntos los cursos impartidos.
- Aquellos cursos en los que se realicen varias ediciones, solo se valorará la edición que tenga mayor número
de horas o cuándo la diferencia entre ambos sea mayor o igual a 5 años.
- No se valorarán los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, ni los que formen parte del plan de
estudios del centro, ni los derivados de procesos selectivos, promoción interna o planes de empleo.
Se valorarán exclusivamente los cursos organizados u homologados por CPEI, Diputación Provincial de
Badajoz, la Escuela de Administración Pública, el Instituto Nacional de Administración Pública o cualquier otro
centro oficial de formación de empleados/as públicos/as, o acogidos al Plan de Formación Continua de las
Administraciones Públicas independientemente del promotor de los mismos.
1.4. Antigüedad:
Por cada año completo de servicios prestados en cualquiera de las administraciones públicas, así como los
prestados en CPEI y en cualquiera de las Administraciones integrantes del mismo, se otorgarán 0,12 puntos
hasta un máximo de 2 puntos.
Respecto a los servicios que se hubieran prestado en cualquier puesto con anterioridad al ingreso como
funcionario/a en el puesto de origen, solo se computarán los servicios reconocidos expresamente por esta
Administración, al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en
la Administración Pública, antes de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la convocatoria
correspondiente.
No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
1.5. Permanencia en el puesto de trabajo:
Por haber permanecido 4 años en el último puesto obtenido con carácter definitivo, se otorgará 1 punto y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Por la posesión de un determinado grado personal consolidado hasta un máximo de 1,5 puntos distribuidos de la
siguiente forma:
- Si se posee un grado personal consolidado igual al nivel del complemento de destino del puesto de trabajo
que se solicita, se adjudicará 1 punto.
- Se otorgarán 0,25 por cada nivel superior al nivel del complemento de destino del puesto de trabajo que se
solicita.
1.2. Trabajo desarrollado:
Por servicios prestados en categoría de Cabo Bombero/a en CPEI o en cualquiera de las Administraciones
integrantes de citado Consorcio, se otorgarán 0,01puntos por mes, hasta un máximo de 2,5 puntos.
Aquellos/as funcionarios/as de carrera que hayan estado en excedencia voluntaria con reserva de plaza o en
situación de servicios especiales, se entenderá que durante el tiempo de permanencia en dicha situación
estuvieron o están, respectivamente, desempeñando un puesto de trabajo igual al reservado.
El periodo de trabajo desempeñado en comisión de servicios, a los efectos de valoración como mérito de
trabajo desarrollado en anteriores puestos, se computará como de desempeño en el puesto de origen del
funcionario obtenido con carácter definitivo.
1.3. Actividad formativa:
Por cursos de formación y perfeccionamiento, relacionada con las funciones del puesto de trabajo al que
opta, así como las materias transversales de Igualdad, Riesgos Laborales, Idiomas y Ofimática (hoja de cálculo,
base de datos, procesadores de texto, correo electrónico y aplicativos específicos de bomberos); hasta un
máximo de 4 puntos, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
- Por la participación como asistente: Por cada hora de duración 0,004 puntos.
- Por cursos impartidos: Por cada hora de duración 0,008 puntos.
- Las acciones formativas que figuren en días se contabilizarán 5 horas por día de duración.
- Las acciones formativas en las que no figuren el tiempo de duración, se puntuarán con 0,002 puntos los
cursos recibidos y 0,004 puntos los cursos impartidos.
- Aquellos cursos en los que se realicen varias ediciones, solo se valorará la edición que tenga mayor número
de horas o cuándo la diferencia entre ambos sea mayor o igual a 5 años.
- No se valorarán los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, ni los que formen parte del plan de
estudios del centro, ni los derivados de procesos selectivos, promoción interna o planes de empleo.
Se valorarán exclusivamente los cursos organizados u homologados por CPEI, Diputación Provincial de
Badajoz, la Escuela de Administración Pública, el Instituto Nacional de Administración Pública o cualquier otro
centro oficial de formación de empleados/as públicos/as, o acogidos al Plan de Formación Continua de las
Administraciones Públicas independientemente del promotor de los mismos.
1.4. Antigüedad:
Por cada año completo de servicios prestados en cualquiera de las administraciones públicas, así como los
prestados en CPEI y en cualquiera de las Administraciones integrantes del mismo, se otorgarán 0,12 puntos
hasta un máximo de 2 puntos.
Respecto a los servicios que se hubieran prestado en cualquier puesto con anterioridad al ingreso como
funcionario/a en el puesto de origen, solo se computarán los servicios reconocidos expresamente por esta
Administración, al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en
la Administración Pública, antes de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la convocatoria
correspondiente.
No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
1.5. Permanencia en el puesto de trabajo:
Por haber permanecido 4 años en el último puesto obtenido con carácter definitivo, se otorgará 1 punto y
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