Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana. (04532/2021)
Bando Juez de Paz sustituto
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana
Anuncio 4532/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana
Pueblonuevo del Guadiana (Badajoz)
Anuncio 4532/2021
Bando Juez de Paz sustituto
Expediente número: 505/2021.
Bando de Alcaldía-Presidencia.
Procedimiento: Juzgado de Paz.
Interesado: Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Presidencia.
Fecha de iniciación: 21/9/2021.
BANDO DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA
Pedro Pablo González Merino, Alcalde de este Ayuntamiento, hago saber:
Que está previsto que en el mes de diciembre de 2021 quede vacante el cargo de Juez de Paz sustituto.
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz sustituto de
este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Que se abre un plazo de diez días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las
condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el
procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias municipales de la
Corporación donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se
precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del
Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera
Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
Pueblonuevo del Guadiana, 13 de octubre de 2021.- El Alcalde, Pedro Pablo González Merino.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Pueblonuevo del Guadiana (Badajoz)
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Bando Juez de Paz sustituto
Expediente número: 505/2021.
Bando de Alcaldía-Presidencia.
Procedimiento: Juzgado de Paz.
Interesado: Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Presidencia.
Fecha de iniciación: 21/9/2021.
BANDO DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA
Pedro Pablo González Merino, Alcalde de este Ayuntamiento, hago saber:
Que está previsto que en el mes de diciembre de 2021 quede vacante el cargo de Juez de Paz sustituto.
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz sustituto de
este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Que se abre un plazo de diez días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las
condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el
procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias municipales de la
Corporación donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se
precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del
Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera
Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
Pueblonuevo del Guadiana, 13 de octubre de 2021.- El Alcalde, Pedro Pablo González Merino.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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