Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad, Juventud y Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (04496/2021)
Extracto de la convocatoria de la concesión de premios "Nuestra Provincia, por la Igualdad" 2021
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Área de Igualdad, Juventud y Residencia Universitaria "Hernán Cortés"
Anuncio 4496/2021
Categoría V: "Pionera de la provincia".
La categoría V, "Pioneras" se entrega exclusivamente a personas físicas y hace referencia a aquellas mujeres
de la provincia de Badajoz que han destacado por ser pioneras en su profesiones, rompiendo los roles y
estereotipos de género, venciendo la discriminación por razón sexo, y/o han destacado en su lucha por la
igualdad real entre mujeres y hombres en el desempeño de su labor profesional.
Categoría VI: Premio "Charo Cordero" 2021.
Se otorgará a persona física o jurídica, entidad pública o privada que a nivel nacional y/o regional que a lo
largo del año 2021 haya desempeñado un papel relevante para la consecución de la igualdad real entre
hombres y mujeres, reivindicando el papel de la mujer en ámbitos donde esté subrepresentada y/o haya
contribuido con sus acciones a la erradicación de la violencia de género frente a las mujeres y sus hijos e hijas.
Tercero.- Dotación presupuestaria:
El presupuesto máximo disponible para la concesión de los premios que se entregarán a los/as ganadores/as es de quince
mil euros (15.000,00 euros), que se imputarán a la aplicaciones presupuestarias 230/94223/46200/0500/ y
230/94223/48000/0500 de los presupuestos anuales vigentes de la Diputación de Badajoz, a cuyos efectos se ha realizado la
correspondiente retención de crédito. A estos premios les serán de aplicación las normativas fiscales en vigor.
De la misma forma, debido a las categorías de los premios se debe atender al artículo 58.4 de Reglamento de la Ley de
Subvenciones que determina que "cuando la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se distribuya entre
distintos créditos presupuestarios y se otorgue expresamente a dicha distribución carácter estimativo, la alteración de dicha
distribución no precisará de nueva convocatoria pero si de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto antes
de la resolución de la concesión".
Cuarto.- Solicitudes.
Las solicitudes deberán identificar con nombres y apellidos o denominación social la candidatura y deberán indicar, a
decisión de la Institución proponente, la modalidad de premio que se considera más adecuada por los méritos de la misma.
Las solicitudes deberán acompañarse de los siguientes documentos:
a) Certificado expedido por la Secretaría u órgano equivalente de la entidad solicitante que acredite que la
solicitud se ha formulado por el órgano competente.
b) Memoria justificativa de las razones y méritos que, a juicio de la entidad solicitante, hagan a la candidatura
propuesta merecedora de la concesión del Premio, identificando las personas, proyectos, actividades o
trabajos que hayan contribuido en mayor medida a dicho merecimiento.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la fecha de
publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, por el conducto de la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (BDNS).
Quinto.- Premios.
Los premios consistirán en un importe en metálico de 2.500,00 euros por cada una de las categorías. Igualmente, se
entregará a las personas o entidades premiadas un detalle conmemorativo del mencionado premio obtenido.
Sexto.- Criterios de adjudicación.
Se valorarán con un máximo de 25 puntos, para cada una de las categorías, los proyectos presentados de acuerdo a los
siguientes criterios:
a) Proyectos, actividades o iniciativas que impulsen las políticas de igualdad de género llevados a cabo por las
distintas entidades de las categorías descritas.
b) Acciones que impulsen la elaboración, seguimiento y evaluación de Planes de Igualdad respecto a las
distintas entidades de las categorías descritas. En los Planes de Igualdad se tendrá en cuenta la implantación
de medidas para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral, la erradicación de la discriminación por
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Categoría V: "Pionera de la provincia".
La categoría V, "Pioneras" se entrega exclusivamente a personas físicas y hace referencia a aquellas mujeres
de la provincia de Badajoz que han destacado por ser pioneras en su profesiones, rompiendo los roles y
estereotipos de género, venciendo la discriminación por razón sexo, y/o han destacado en su lucha por la
igualdad real entre mujeres y hombres en el desempeño de su labor profesional.
Categoría VI: Premio "Charo Cordero" 2021.
Se otorgará a persona física o jurídica, entidad pública o privada que a nivel nacional y/o regional que a lo
largo del año 2021 haya desempeñado un papel relevante para la consecución de la igualdad real entre
hombres y mujeres, reivindicando el papel de la mujer en ámbitos donde esté subrepresentada y/o haya
contribuido con sus acciones a la erradicación de la violencia de género frente a las mujeres y sus hijos e hijas.
Tercero.- Dotación presupuestaria:
El presupuesto máximo disponible para la concesión de los premios que se entregarán a los/as ganadores/as es de quince
mil euros (15.000,00 euros), que se imputarán a la aplicaciones presupuestarias 230/94223/46200/0500/ y
230/94223/48000/0500 de los presupuestos anuales vigentes de la Diputación de Badajoz, a cuyos efectos se ha realizado la
correspondiente retención de crédito. A estos premios les serán de aplicación las normativas fiscales en vigor.
De la misma forma, debido a las categorías de los premios se debe atender al artículo 58.4 de Reglamento de la Ley de
Subvenciones que determina que "cuando la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se distribuya entre
distintos créditos presupuestarios y se otorgue expresamente a dicha distribución carácter estimativo, la alteración de dicha
distribución no precisará de nueva convocatoria pero si de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto antes
de la resolución de la concesión".
Cuarto.- Solicitudes.
Las solicitudes deberán identificar con nombres y apellidos o denominación social la candidatura y deberán indicar, a
decisión de la Institución proponente, la modalidad de premio que se considera más adecuada por los méritos de la misma.
Las solicitudes deberán acompañarse de los siguientes documentos:
a) Certificado expedido por la Secretaría u órgano equivalente de la entidad solicitante que acredite que la
solicitud se ha formulado por el órgano competente.
b) Memoria justificativa de las razones y méritos que, a juicio de la entidad solicitante, hagan a la candidatura
propuesta merecedora de la concesión del Premio, identificando las personas, proyectos, actividades o
trabajos que hayan contribuido en mayor medida a dicho merecimiento.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la fecha de
publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, por el conducto de la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (BDNS).
Quinto.- Premios.
Los premios consistirán en un importe en metálico de 2.500,00 euros por cada una de las categorías. Igualmente, se
entregará a las personas o entidades premiadas un detalle conmemorativo del mencionado premio obtenido.
Sexto.- Criterios de adjudicación.
Se valorarán con un máximo de 25 puntos, para cada una de las categorías, los proyectos presentados de acuerdo a los
siguientes criterios:
a) Proyectos, actividades o iniciativas que impulsen las políticas de igualdad de género llevados a cabo por las
distintas entidades de las categorías descritas.
b) Acciones que impulsen la elaboración, seguimiento y evaluación de Planes de Igualdad respecto a las
distintas entidades de las categorías descritas. En los Planes de Igualdad se tendrá en cuenta la implantación
de medidas para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral, la erradicación de la discriminación por
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