Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagonzalo. (04493/2021)
Convocatoria para nombramiento de Juez de Paz titular
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Ayuntamiento de Villagonzalo

Anuncio 4493/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villagonzalo
Villagonzalo (Badajoz)
Anuncio 4493/2021
Convocatoria para nombramiento de Juez de Paz titular

Expediente: 296/2021.
Anuncio convocatoria pública renovación cargo Juez de Paz titular de Villagonzalo.
Procedimiento: Renovación cargo Juez de Paz titular de Villagonzalo por finalización de mandato día 21 de noviembre de
2021.
CONVOCATORIA ELECCIÓN CANDIDATO JUEZ DE PAZ TITULAR
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (LOPJ),
en relación con los artículos 4 y 5 del Reglamento número 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se hace saber:
Que, dentro del plazo legalmente establecido, por el Pleno de este Ayuntamiento se procederá a proponer a la Sala de
Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura la persona a ocupar el cargo de Juez de Paz titular de esta
localidad, de entre las interesadas que así lo soliciten.
1.º.- Los vecinos de este municipio interesados en ocupar el cargo, deberán cumplir las siguientes condiciones legalmente
establecidas:
Ser español.
Ser mayor de edad.
No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial.
a) Estar impedido física o psíquicamente para la función judicial.
b) Estar condenado por delito doloso, mientras no haya obtenido la rehabilitación.
c) Estar procesado o inculpado por delito doloso, en tanto no sea absuelto o se dicte auto de sobreseimiento.
d) No estar en el pleno ejercicio de sus derechos civiles.
No hallarse incurso en alguna causa de incompatibilidad o prohibición prevista en los artículos 389 al 397 de
la LOPJ.
2.º.- Las personas interesadas en ocupar el cargo deberán presentar en el Registro General de este Ayuntamiento solicitud
por escrito, en el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia, acompañada de la documentación siguiente:
a.- Certificado de nacimiento o fotocopia compulsada del DNI.
b.- Certificado negativo de antecedentes penales.
c.- Certificado médico de no padecer enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo de Juez de Paz.
d.- Certificado de empadronamiento.
e.- Declaración jurada o responsable de no estar incurso en causa de incompatibilidad, incapacidad o
prohibición prevista en la Ley Orgánica del Poder Judicial para el desempeño del cargo.
3.º.- En el supuesto de que el candidato al cargo fuera el Juez de Paz titular o sustituto, al estar actuando y de conformidad
con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, solo le será necesario presentar una solicitud al Ayuntamiento junto con fotocopia compulsada del DNI y
certificado de empadronamiento, no siendo necesario el certificado de antecedentes penales, el certificado médico ni la
declaración jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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