Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Siruela. Seguridad Ciudadana y Tráfico (Mérida). (04466/2021)
Convocatoria para nombramiento de Juez de Paz sustituto
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Ayuntamiento de Siruela
Anuncio 4466/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Siruela
Siruela (Badajoz)
Anuncio 4466/2021
Convocatoria para nombramiento de Juez de Paz sustituto
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y artículo 4 del
Reglamento 3/1995, de 7 de junio, se hace saber, que estando próxima la vacante de la plaza de sustituto de Juez de Paz
titular de esta localidad, por el Pleno de esta Corporación municipal se procederá a efectuar la correspondiente elección y
propuesta a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, del candidato/a a que ha de ocupar dicho cargo, en orden
a que proceda a su nombramiento.
Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales
lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía. La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
Certificado de nacimiento o fotocopia del DNI.
Certificado de antecedentes penales.
Certificación médica de no padecer enfermedad que le incapacite para el ejercicio del cargo de sustituto de Juez de
Paz.
Declaración Jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad para el desempeño del cargo.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias municipales de la Corporación
donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en
cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de
junio, de los Jueces de Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
Siruela, 5 de octubre de 2021.- El Alcalde-Presidente, Regino Barranquero Delgado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Siruela (Badajoz)
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Convocatoria para nombramiento de Juez de Paz sustituto
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y artículo 4 del
Reglamento 3/1995, de 7 de junio, se hace saber, que estando próxima la vacante de la plaza de sustituto de Juez de Paz
titular de esta localidad, por el Pleno de esta Corporación municipal se procederá a efectuar la correspondiente elección y
propuesta a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, del candidato/a a que ha de ocupar dicho cargo, en orden
a que proceda a su nombramiento.
Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales
lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía. La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
Certificado de nacimiento o fotocopia del DNI.
Certificado de antecedentes penales.
Certificación médica de no padecer enfermedad que le incapacite para el ejercicio del cargo de sustituto de Juez de
Paz.
Declaración Jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad para el desempeño del cargo.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias municipales de la Corporación
donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en
cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de
junio, de los Jueces de Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
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Siruela, 5 de octubre de 2021.- El Alcalde-Presidente, Regino Barranquero Delgado.
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