Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Deportes (Mérida). Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (04272/2021)
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a deportistas y entidades deportivas emeritenses para el año 2021
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Deportes

Anuncio 4272/2021

e) No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 13,3 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable.
f) Los méritos deportivos que obtendrán puntuación, serán los obtenidos desde el 1 de septiembre de 2020
hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP.
Para deportistas.
a) Las y los Deportistas deben haber nacido en Mérida o estar inscritas en el padrón municipal, al menos
durante los 12 meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP y hasta la fecha de la
resolución de las ayudas concedidas.
b) Las y los Deportistas deben disponer de licencia en vigor por la federación deportiva correspondiente, al
menos desde el primer día del período de acreditación de méritos a tener en cuenta por la convocatoria, con
la que haya podido representar a la Comunidad Extremeña y a la Selección Española en el caso de que esta
persona sea seleccionada.
c) No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva,
calificada como grave o muy grave.
d) No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 13,3 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable.
e) Los méritos deportivos que obtendrán puntuación, serán los obtenidos desde el 1 de septiembre de 2020
hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP
f) No deben tener deudas pendientes con las administraciones públicas (Seguridad social, Hacienda Pública,
Junta de Extremadura y Ayuntamiento de Mérida). En caso de menores, este requisito deberá acreditarse para
toda la unidad familiar o quien ostente la tutela legal.
g) En caso de haber obtenido méritos en equipo, cada integrante del mismo deberá realizar una solicitud,
cumpliendo con todos los requisitos de esta convocatoria.
CUARTA.- CUANTÍA Y CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS.
La cuantía global de las ayudas a que se refiere la presente convocatoria no excederá de 60.000,00 €, con cargo a la partida
número 3401-48000 (ayudas al deporte base y desplazamientos) del presupuesto del ejercicio 2021, para hacer frente al
gasto total que supone dicha convocatoria.
QUINTA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
Deportistas mayores de 18 años.
Las personas interesadas deberán presentar la solicitud oficial, a través de la plataforma digital municipal
(https://sede.merida.es/), junto a la siguiente documentación:
1. Fotocopia en vigor del DNI de la persona solicitante, dato que podrá ser comprobado de oficio por el
órgano gestor de las ayudas, siempre que la persona interesada hubiese conferido expresamente en la
solicitud de la subvención su autorización, indicando en qué procedimiento y que fecha se ha incluido el
mismo Fotocopia del documento nacional de identidad (DNI) o del pasaporte (en caso de tener ciudadanía de
países de la Unión Europea) o de la tarjeta de residente en vigor (en caso de otras nacionalidades).
2. Certificado original expedido por la federación correspondiente, firmado y sellado, por la Presidencia o
Secretaría General, en el que se recojan todas y cada una de las siguientes circunstancias:
a. Que dispone de licencia en la federación correspondiente al menos desde el primer día del
período de acreditación de méritos, durante la temporada 20/21
b. Que la persona cumple los requisitos necesarios para representar a la Comunidad
Extremeña y a la Selección Española en el caso de que sea seleccionada, y que no ha
renunciado a su participación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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