Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (04222/2021)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores para la realización de acciones para el control de mosquitos en la zona de las Vegas Altas del Guadiana 2021
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Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad

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Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 €, y conforme al artículo 75 del Reglamento de la
Ley 38/2003, se prevé la cuenta justificativa simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de justificación: La justificación de la subvención otorgada habrá de efectuarse con fecha límite 15 de
diciembre de2021
B. Forma de remisión de la justificación: El expediente justificativo se remitirá preferentemente a través de
medios electrónicos mediante su presentación a través del Registro Electrónico ubicado en la página principal
de Diputación de Badajoz. Los modelos normalizados de remisión de la documentación para la justificación
del objeto de la subvención estarán disponibles en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz ubicada en
su página principal en la siguiente dirección:
https://sede.dip-badajoz.es/
Anexo VI: Remisión electrónica de documentación para la justificación de la subvención destinada a la realización de planes,
proyectos o actuaciones municipales dirigidas a la realización de acciones para el control de mosquitos en la zona de las
Vegas Altas del Guadiana, durante el año 2021.
Los documentos de remisión de la justificación deberán acompañarse de los documentos de justificación adicionales que
sean necesarios conforme a los modelos normalizados, debidamente firmados por el órgano competente y digitalizados.
Además, para el caso en el que la documentación se presente a través de aquellas aplicaciones informáticas que interactúen
con el Sistema de Interconexión de Registros (SIR), los anexos se podrán descargar en las siguientes direcciones web:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
C. Justificación técnica. Se deberá presentar una memoria final firmada por el representante legal de la
entidad en la que se haga una descripción detallada de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
Se incluirá un dossier fotográfico en formato digital (jpg o .png o .tif) que acredite gráficamente la realización
de la/s actividad/es subvencionada/s.
D. Justificación económica.
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general el importe a justificar es aquel que resulte en la resolución de concesión.
Sin embargo, cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención relativa a esta
convocatoria, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el
importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
D.2.- Documentación a aportar
Certificado expedido por el Secretario/a o Secretario-Interventor/a y V.º B.º del Presidente de la entidad según el
modelo que figura en el anexo IV de Cuenta Justificativa en el que figure:

o Que la aplicación de los fondos se ha destinado a la finalidad para la que se concedió.
o Una relación de las obligaciones reconocidas netas, contabilizadas en el presupuesto de la
entidad, con cargo a la subvención de Diputación de Badajoz.
o Una relación de las obligaciones reconocidas netas, contabilizadas en el presupuesto de la
entidad, con cargo a fondos propios de la entidad, u otras subvenciones o recursos.
o Que todas las obligaciones certificadas se corresponden con gastos devengados durante el
período de ejecución establecido (del 1 de junio al 30 de septiembre de 2021) y efectivamente
pagados con fecha límite 30 de noviembre de 2021.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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