Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villalba de los Barros. (04220/2021)
Convocatoria de subvenciones contenidas en las bases reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a empresas del municipio de Villalba de los Barros para atenuar el impacto económico del COVID-19
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Ayuntamiento de Villalba de los Barros

Restante documentación
exigida en las bases de la
convocatoria recogida en la base
decimoprimera de la convocatoria
(relacionada al dorso).
Firma del/la interesado/a:
Fecha:

Anuncio 4220/2021

Información relativa a la protección de datos de conformidad con la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales.

• Responsable del tratamiento de sus datos: Ayuntamiento de Villalba de los
Barros (CIF: P0615200C, plaza de la Constitución, número 9 C.P. – 06208 Villalba
de los Barros (Badajoz).
• Finalidad del tratamiento de los datos: Gestionar la solicitud de subvención
directa a pymes para atenuar el impacto económico del COVID-19.
• Tiempo de conservación de los datos: Durante el plazo de vigencia de este
expediente. No obstante los datos serán conservados con fines de archivo de
interés público o fines estadísticos.
• Legitimación para el tratamiento de los datos: Ejercicio de los poderes públicos
o competencias propias.
• Cesión a terceras personas: Los datos cedidos no serán cedidos a terceras
personas ajenas al Ayuntamiento de Villalba de los Barros (Badajoz), salvo que
deban ser comunicados a otras entidades públicas por imperativo legal.
• Derechos: Derecho a acceder a sus datos, solicitar su rectificación o, en su
caso, solicitar su supresión. Podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus
datos o, en su caso, oponerse al tratamiento de los mismos. Para ejercer los
expresados derechos podrá hacerlo a través de la sede electrónica del
Ayuntamiento de Villalba de los Barros (Badajoz).

Documentación que debe acompañar al anexo II: (Base decimoprimera de la convocatoria).
A) Del beneficiario o del representante.
A.1.- En caso de persona física:
DNI por las dos caras o TIE acompañado del pasaporte, si lo indica.
Certificado actualizado de situación censal que indique la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal
y el local de desarrollo de la actividad.
Resolución / certificación del alta en el régimen especial de autónomos.
(En su caso) Autorización de representación conforme al modelo anexo III.
A.2.- Personas jurídicas, sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica:
NIF de la persona jurídica, sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad
jurídica.
Certificado (o documento equivalente) actualizado de situación censal de la empresa, sociedad civil, comunidad de
bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica que indique la actividad económica con su fecha de
alta, el domicilio fiscal y el local de desarrollo de la actividad.
Acreditación documental de la constitución de la sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas
sin personalidad jurídica.
Escritura de constitución y los estatutos de la persona jurídica actualizados, inscritos en el correspondiente Registro.
Acreditación de los poderes de la persona administradora o representante legal que haya firmado la solicitud.
DNI por las dos caras o NIE acompañado por el pasaporte, si lo indica de las personas socias/comuneras que ejercen
trabajo efectivo o de la persona representante legal de la empresa que firma la solicitud.
Acreditación documental del alta en la Seguridad Social de las personas socias/comuneras que ejercen trabajo
efectivo o de la persona representante legal de la empresa que firma la solicitud. (En su caso) autorización de
representación conforme al modelo anexo III.
En el caso que la persona física, jurídica, comunidad de bienes, sociedad civil u otra entidad sin personalidad jurídica, que
realice la solicitud de subvenciones tuviese concedido un aplazamiento/fraccionamiento de deudas con la Tesorería General
de la Seguridad Social, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria o con la Tesorería Municipal, deberá presentar
con la solicitud, la resolución de concesión del mismo junto al último certificado de carecer de deudas posterior a la
concesión del aplazamiento.
B) De los gastos subvencionables: Facturas y documentos equivalentes correspondientes a los gastos subvencionables
relacionados en la base cuarta "periodo y gastos subvencionables" (códigos B1 a B8), acompañadas de la correspondiente
acreditación del pago. La presentación de las facturas y los justificantes de pago debe realizarse según se indica la base
quinta "justificación de la subvención".

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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