Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Solana de los Barros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (04202/2021)
Lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, Tribunal y fecha, lugar y hora de realización del primer ejercicio de las pruebas de selección de una plaza de Conserje
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Solana de los Barros
Anuncio 4202/2021
- Titular: Doña M.ª Selene González de Mendoza Villacé, Secretaria del Ayuntamiento de Solana
de los Barros.
- Suplente: Doña M.ª Nieves Zacarías Peguero, funcionaria del Ayuntamiento de Solana de los
Barros.
A iniciativa de cada central sindical, podrán estar presentes durante la totalidad del proceso
selectivo, un observador por cada una de las centrales u organizaciones sindicales con
representatividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Notificar la presente resolución a los miembros designados para su conocimiento.
Quinto. Emplazar a los miembros del Tribunal para la constitución del mismo y preparar las pruebas el
miércoles día 22 de septiembre de 2021, a las 9.00 horas, en la Casa Consistorial de Solana de los Barros.
Sexto. Convocar a los aspirantes admitidos el miércoles día 29 de septiembre de 2021, a las 10:00 horas, en el
Pabellón Polideportivo Municipal de Solana de los Barros, situado en km 45 de la carretera de Extremadura
EX-300 (Badajoz a Almendralejo), junto a la piscina municipal, para la realización del primer ejercicio de la fase
de oposición, consistente, según prevé la base sexta de la convocatoria, en la contestación por escrito, en un
tiempo máximo de 60 minutos, de un cuestionario de 40 preguntas, con 4 respuestas alternativas, de las
cuales solo una de ellas será la correcta, de todo el temario recogido en el anexo II de las bases.
Los cuestionarios que se propongan contendrán como mínimo 5 preguntas adicionales tipo test, las cuales
sustituirán por su orden y correlativamente, a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación
con posterioridad al inicio de los ejercicios.
Esta prueba se calificará de 0 a 10 puntos, será obligatoria para todos los aspirantes y tendrá carácter
eliminatorio, por lo que será necesario para aprobar y pasar al segundo ejercicio de la fase de oposición,
obtener al menos, una calificación de 5 puntos.
En este primer ejercicio, cada respuesta correcta sumará 0,25 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,10
puntos, no puntuando ni penalizando las preguntas no contestadas.
Los aspirantes deberán venir provistos del Documento Nacional de Identidad o, en su defecto, pasaporte o
carné de conducir. Asimismo, deberán venir provistos de lápiz, bolígrafo negro o azul, y goma de borrar.
Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil,
pulseras electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de
comunicaciones, pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por parte de los miembros
del Tribunal, a través de los medios que estime oportunos. Ante el incumplimiento de esta previsión, el
Tribunal Calificador podrá acordar, motivadamente, la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
En lo referente a las medidas de prevención tanto personales, como sociales frente al SARS-CoV-2 y durante el
desarrollo del proceso, se aplicarán las determinadas en cada momento por la autoridad sanitaria. Cuando
razones de seguridad y de prevención frente al COVID-19 lo aconsejen y a determinar por el Tribunal, se
podrán tomar las medidas necesarias para que el desarrollo del proceso selectivo sea seguro y sean
prevenidos procesos de contagios del virus SARSCOV-2. El no cumplimiento de las medidas determinadas por
la autoridad sanitaria o de las adoptadas por el tribunal, será motivo de exclusión de la prueba y por lo tanto
el decaimiento de su derecho a participar en el proceso selectivo.
El orden de actuación en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente será el alfabético por
aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V», de conformidad con lo previsto en la resolución de 23
de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se publica el
resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la
Administración General del Estado («Boletín Oficial del Estado» de 28 de junio).
Séptimo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, en la página web institucional y
en el tablón de edictos del Ayuntamiento, para general conocimiento."
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el
Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 7
Anuncio 4202/2021
- Titular: Doña M.ª Selene González de Mendoza Villacé, Secretaria del Ayuntamiento de Solana
de los Barros.
- Suplente: Doña M.ª Nieves Zacarías Peguero, funcionaria del Ayuntamiento de Solana de los
Barros.
A iniciativa de cada central sindical, podrán estar presentes durante la totalidad del proceso
selectivo, un observador por cada una de las centrales u organizaciones sindicales con
representatividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Notificar la presente resolución a los miembros designados para su conocimiento.
Quinto. Emplazar a los miembros del Tribunal para la constitución del mismo y preparar las pruebas el
miércoles día 22 de septiembre de 2021, a las 9.00 horas, en la Casa Consistorial de Solana de los Barros.
Sexto. Convocar a los aspirantes admitidos el miércoles día 29 de septiembre de 2021, a las 10:00 horas, en el
Pabellón Polideportivo Municipal de Solana de los Barros, situado en km 45 de la carretera de Extremadura
EX-300 (Badajoz a Almendralejo), junto a la piscina municipal, para la realización del primer ejercicio de la fase
de oposición, consistente, según prevé la base sexta de la convocatoria, en la contestación por escrito, en un
tiempo máximo de 60 minutos, de un cuestionario de 40 preguntas, con 4 respuestas alternativas, de las
cuales solo una de ellas será la correcta, de todo el temario recogido en el anexo II de las bases.
Los cuestionarios que se propongan contendrán como mínimo 5 preguntas adicionales tipo test, las cuales
sustituirán por su orden y correlativamente, a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación
con posterioridad al inicio de los ejercicios.
Esta prueba se calificará de 0 a 10 puntos, será obligatoria para todos los aspirantes y tendrá carácter
eliminatorio, por lo que será necesario para aprobar y pasar al segundo ejercicio de la fase de oposición,
obtener al menos, una calificación de 5 puntos.
En este primer ejercicio, cada respuesta correcta sumará 0,25 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,10
puntos, no puntuando ni penalizando las preguntas no contestadas.
Los aspirantes deberán venir provistos del Documento Nacional de Identidad o, en su defecto, pasaporte o
carné de conducir. Asimismo, deberán venir provistos de lápiz, bolígrafo negro o azul, y goma de borrar.
Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil,
pulseras electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de
comunicaciones, pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por parte de los miembros
del Tribunal, a través de los medios que estime oportunos. Ante el incumplimiento de esta previsión, el
Tribunal Calificador podrá acordar, motivadamente, la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
En lo referente a las medidas de prevención tanto personales, como sociales frente al SARS-CoV-2 y durante el
desarrollo del proceso, se aplicarán las determinadas en cada momento por la autoridad sanitaria. Cuando
razones de seguridad y de prevención frente al COVID-19 lo aconsejen y a determinar por el Tribunal, se
podrán tomar las medidas necesarias para que el desarrollo del proceso selectivo sea seguro y sean
prevenidos procesos de contagios del virus SARSCOV-2. El no cumplimiento de las medidas determinadas por
la autoridad sanitaria o de las adoptadas por el tribunal, será motivo de exclusión de la prueba y por lo tanto
el decaimiento de su derecho a participar en el proceso selectivo.
El orden de actuación en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente será el alfabético por
aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V», de conformidad con lo previsto en la resolución de 23
de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se publica el
resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la
Administración General del Estado («Boletín Oficial del Estado» de 28 de junio).
Séptimo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, en la página web institucional y
en el tablón de edictos del Ayuntamiento, para general conocimiento."
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el
Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 7