Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (04185/2021)
Resolución de concesión de subvenciones destinadas a fomentar la iniciativa empresarial por parte de personas jóvenes con titulación universitaria, formación profesional de grado superior o certificado de profesionalidad nivel 3, durante el año 2021
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Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad

Anuncio 4185/2021

expedientes se llevará a cabo por el Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, que realizará de oficio cuantas actuaciones
estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse
la propuesta de resolución.
TERCERO: En el referido artículo 22 de la LGS se establece, asimismo, que, para el caso de subvenciones tramitadas
mediante el régimen de concurrencia competitiva, la propuesta de concesión al órgano competente se formulará por un
órgano colegiado cuya composición será la que se establezca en las bases reguladoras. En el apartado 2 de la base 13 se
recoge la composición de dicho órgano para esta convocatoria, identificado en nuestro caso como Comisión de Valoración.
CUARTO: En el punto 4 del artículo 24 de la LGS se establece que, una vez evaluadas las solicitudes, el órgano colegiado
deberá emitir informe en el que se concrete la evaluación y valoración efectuada y, seguidamente, formulará la propuesta
de resolución provisional, que tendrá el carácter de definitiva cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en
cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados, como es el caso del procedimiento
objeto de esta convocatoria.
QUINTO: El órgano competente para resolver es el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación, que emitirá resolución en el plazo
máximo de tres meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicha competencia
se encuentra delegada por decreto de Presidencia de 5 de julio de 2019 en el Diputado del Área de Desarrollo Rural y
Sostenibilidad (BOP de 8 de julio de 2019).
SEXTO: En el apartado 3 de la base 13 de la convocatoria se establece que la notificación de la resolución de concesión de las
subvenciones se realizará en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por consiguiente y en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos anteriormente, procede dictar la
siguiente
RESOLUCIÓN:
PRIMERO: Conceder a las empresas que se relacionan a continuación las subvenciones que se indican en cada
caso, para la adquisición del equipamiento propuesto en la documentación que acompaña a sus solicitudes.

Solicitante

DNI/CIF

Importe de la subvención (€)

Manuel Fuentes Lozano

***5641**

8.294,82

Luis Enrique León Gallego

***8322**

2.055,23

Antonio Martínez Labrador

***8935**

7.500,00

Miguel Ángel Herrezuelo Sánchez

***8927**

12.000,00

Antonia María López Verjano

***8873**

4.234,54

Celia Abril Menacho

***7432**

4.058,37

Miriam Santos Penco

***8676**

6.000,00

Miguel Ángel Cabrera Tobajas

***5191**

2.391,20

Maria José Megías Díaz

***7028**

2.000,00

Ana Tortonda Flores

***8259**

7.500,00

Raquel Caballero Bravo

***4894**

10.214,40

Somergia Ingeniería, S.L.

B04950473

3.677,26

Ángel Cerrato Rivero

***0882**

7.152,80

Paula Carretero Bastardo

***6944**

10.500,00

David Carballo Pérez

***6686**

5.942,22

SEGUNDO: Hacer constar que esta resolución respeta las disponibilidades financieras asignadas indicadas en
la base 2 de la convocatoria.
TERCERO: Lo/as beneficiario/as estarán sujetos a las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la LGS y
artículo 16 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Badajoz, así como a las establecidas
en la base 12 de la convocatoria.
CUARTO: Ordenar la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
QUINTO: Comunicar la resolución a las Áreas de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, y de Economía y Hacienda
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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