Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Reina. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (04175/2021)
Corrección de error en edicto publicado el 7 de septiembre de 2021 sobre la aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
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Ayuntamiento de Reina
Anuncio 4175/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Reina
Reina (Badajoz)
Anuncio 4175/2021
Corrección de error en edicto publicado el 7 de septiembre de 2021 sobre la aprobación definitiva de modificación de la
Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
CORRECCIÓN DE ERROR DEL ANUNCIO 4069/2021 PUBLICADO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA NÚMERO 171, DE 7
DE SEPTIEMBRE DE 2021, SOBRE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA
DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA
Advertido error en el contenido del anuncio 4069/2021 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 171, de 7 de
septiembre de 2021, sobre aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el
Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, se sustituye el contenido de dicho texto por el siguiente:
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de Ordenanza fiscal reguladora del
Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
«Artículo 5. Base imponible.
4. Sobre el valor del terreno en el momento del devengo, derivado de lo dispuesto en los apartados 2 y 3 de
este artículo, se aplicará el porcentaje anual de acuerdo con el siguiente cuadro:
a) Periodo de uno hasta cinco años: 2.40%
b) Periodo de hasta diez años: 2.30%
c) Periodo de hasta quince años: 2.20%
d) Periodo de hasta veinte años: 2.10%
Artículo 6.- Tipo de gravamen y cuota.
1.- Los tipos de gravamen del impuesto son los siguientes:
a) Periodo de uno hasta cinco años: 20%
b) Periodo de hasta diez años: 17%
c) Periodo de hasta quince años: 13%
d) Periodo de hasta veinte años: 10%
Artículo 7.- Bonificaciones.
1.- Las transmisiones mortis causa referentes a la vivienda habitual del causante, siempre que los
adquirientes sean el cónyuge, los descendientes o los ascendientes por naturaleza o adopción, disfrutarán de
una bonificación del 50% sobre el valor de la cuota.»
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres.
En Reina, 10 de septiembre de 2021.- El Alcalde, Francisco González Miranda.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Corrección de error en edicto publicado el 7 de septiembre de 2021 sobre la aprobación definitiva de modificación de la
Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
CORRECCIÓN DE ERROR DEL ANUNCIO 4069/2021 PUBLICADO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA NÚMERO 171, DE 7
DE SEPTIEMBRE DE 2021, SOBRE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA
DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA
Advertido error en el contenido del anuncio 4069/2021 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 171, de 7 de
septiembre de 2021, sobre aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el
Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, se sustituye el contenido de dicho texto por el siguiente:
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de Ordenanza fiscal reguladora del
Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
«Artículo 5. Base imponible.
4. Sobre el valor del terreno en el momento del devengo, derivado de lo dispuesto en los apartados 2 y 3 de
este artículo, se aplicará el porcentaje anual de acuerdo con el siguiente cuadro:
a) Periodo de uno hasta cinco años: 2.40%
b) Periodo de hasta diez años: 2.30%
c) Periodo de hasta quince años: 2.20%
d) Periodo de hasta veinte años: 2.10%
Artículo 6.- Tipo de gravamen y cuota.
1.- Los tipos de gravamen del impuesto son los siguientes:
a) Periodo de uno hasta cinco años: 20%
b) Periodo de hasta diez años: 17%
c) Periodo de hasta quince años: 13%
d) Periodo de hasta veinte años: 10%
Artículo 7.- Bonificaciones.
1.- Las transmisiones mortis causa referentes a la vivienda habitual del causante, siempre que los
adquirientes sean el cónyuge, los descendientes o los ascendientes por naturaleza o adopción, disfrutarán de
una bonificación del 50% sobre el valor de la cuota.»
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres.
En Reina, 10 de septiembre de 2021.- El Alcalde, Francisco González Miranda.
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