Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro (Calamonte). (04149/2021)
Bases de la convocatoria para la selección de dos Agentes de Guardería Rural y Protección Civil, por la Mancomunidad Integral de Municipios Centro
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Mancomunidad Integral de Municipios Centro

Anuncio 4149/2021

artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En este último supuesto, los interesados deberán adelantar obligatoriamente,
siendo causa de exclusión su incumplimiento, dentro del plazo de presentación de instancias, copia de la solicitud al fax
(número 924 32 41 57), sellada por el Organismo correspondiente.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en la página web de la Mancomunidad.
Se fijan unos derechos de examen por importe de 50 euros, que incluye el derecho a obtener copia del temario elaborado
por la Mancomunidad (por el que se desarrollan los temas del anexo II).
Cuarta: Admisión.- Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen por
esta Mancomunidad, por el órgano competente se dictará resolución con la lista de aspirantes admitidos y excluidos, en la
que constará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, causa de exclusión. La resolución se publicará en la página
web de la Mancomunidad.
La presidencia, resueltas las reclamaciones presentadas, elevará a definitiva la lista provisional con la inclusión de los
aspirantes que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones, y determinando lugar y fecha de inicio del
procedimiento de selección y los componentes del Tribunal.
Quinta: Tribunal Calificador.- Estará constituido por los siguientes miembros:
- Presidente: El Secretario de la Mancomunidad Integral de Municipios Centro.
- Vocales: Dos empleados públicos nombrados por el Presidente de la Mancomunidad y un Vocal nombrado a
propuesta de la Junta de Extremadura.
- Secretario: El Interventor de la Mancomunidad Integral de Municipios Centro.
El Tribunal Calificador podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas pruebas que demanden oír la
opinión de técnicos especialistas. Dichos asesores se limitarán a la colaboración que, en función de sus especialidades
técnicas, les solicite el Tribunal, por lo que actuarán con voz, pero sin voto.
El procedimiento de actuación del Tribunal se regirá por las normas establecidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP/2015) y por las previsiones que sobre ellos se establecen en la Ley 39/2015 y ley
40/2015, de 1 de octubre.
El Tribunal Calificador quedará facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en aplicación de las bases y para
decidir respecto a lo no contemplado en las mismas.
Contra las resoluciones adoptadas por el Tribunal y sin perjuicio del posible recurso de reposición o cualquier otro que
pudiera interponerse de conformidad con la legislación vigente, los aspirantes podrán presentar reclamaciones ante el
propio Órgano de selección dentro del plazo que éste acuerde a partir de la publicación de dichas resoluciones.
Sexta: Desarrollo de la convocatoria.- Se resolverá mediante el procedimiento de oposición libre y constará de las siguientes
pruebas:
- Primera prueba: Física.- Constará de cuatro ejercicios, eliminatorios entre sí, efectuados de acuerdo con el
Anexo I de estas bases y puntuados con la calificación de apto o no apto.
- Segunda prueba: Test.- Consistirá en la superación de una prueba escrita, tipo test, consistente en contestar
en un tiempo de una hora un cuestionario de cincuenta preguntas, con tres respuestas alternativas, siendo
una de ellas la correcta, basadas en los temas 1 al 8 del anexo II. Cada respuesta correcta sumará 0,2 puntos.
- Tercera prueba: Entrevista personal.- Se valorará el currícum presentado, especialmente las titulaciones y
experiencia laboral relacionadas con las plazas ofertadas; la disponibilidad y la actitud de los aspirantes; y se
formularán preguntas relacionadas con el puesto de trabajo a desempeñar.
Determinación de la puntuación: Los ejercicios tendrán carácter eliminatorio entre sí y su calificación se determinará por el
Tribunal otorgando la calificación de apto o no apto para el primer ejercicio y de 0 a 10 puntos en el segundo y tercer
ejercicio, debiendo obtener al menos una puntuación de cinco puntos para superar cada uno de estos ejercicios. La
calificación completa de dicha fase se obtendrá por la suma de las puntuaciones alcanzadas en el segundo y tercer ejercicio.
En el ejercicio de la prueba tipo test cada respuesta correcta sumará 0,2 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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