Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Amalia. (04075/2021)
Convocatoria para el acceso a dos plazas de Agente de la Policía Local de Santa Amalia mediante oposición libre
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Ayuntamiento de Santa Amalia
Anuncio 4075/2021
4.2.- Las personas aspirantes excluidas, así como las personas omitidas en ambas relaciones, dispondrán de
un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la lista provisional de
admitidas y excluidas, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión de las
relaciones de admitidas y excluidas. Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanasen
la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidas, serán
definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
4.3.- Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en su sede electrónica
https://santaamalia.sedelectronica.es, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Santa Amalia y en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz la resolución elevando a definitiva la lista provisional de las personas
aspirantes admitidas y excluidas, con la inclusión correspondiente como admitidas de aquellas que fueron
excluidas y que hayan subsanado errores u omisiones.
4.4.- Contra las resoluciones a que se refiere la presente Base, así como contra aquellas otras que resuelvan la
subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
conforme a la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción.
4.5.- En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará la composición del Tribunal
Calificador. La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas en el Boletín Oficial de la
Provincia, será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos. Asimismo, se
indicará la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio.
Quinta.- Tribunal Calificador.
5.1.- El Tribunal Calificador estará compuesto como sigue:
Presidente
Funcionario/a de carrera designado por la Acaldesa-Presidenta.
Vocales
1. Representante de la Junta de Extremadura: Funcionario/a de carrera designado por la Consejería
competente en materia de coordinación de Policías Locales.
2. Vocales representantes del Ayuntamiento de Santa Amalia: Funcionario/a de carrera designados por
la Alcaldesa-Presidenta.
Secretario/a Funcionario/a de carrera designado por la Alcaldesa-Presidenta.
5.2.- En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de imparcialidad, profesionalidad.
Asimismo, se tendrá en cuenta el principio de igualdad de género en cuento a la paridad entre hombres y
mujeres del Tribunal.
5.3.- Cada puesto titular, contará con una persona suplente, con los mismos perfiles determinados en la
composición del Tribunal Calificador.
5.4.- La composición del Tribunal será predominantemente técnica y todos sus miembros, titulares y
suplentes, habrán de ser funcionarios o funcionarias de carrera, poseer un nivel de titulación igual o superior
a la requerida para el acceso al grupo correspondiente a las plazas convocadas, pertenecer a un grupo de
clasificación igual o superior a aquel en que se integren las referidas plazas y, en caso de ser miembros de un
Cuerpo de Policía Local, deberán, además, pertenecer a una categoría igual o superior a la correspondiente a
las plazas objeto de convocatoria.
5.5.- Los miembros del Tribunal Calificador están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos
en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, no
pudiendo ser nombrados miembros, colaboradores o asesores del Tribunal quienes hubieren realizado
tareas de preparación de las personas aspirantes a pruebas selectivas para acceso a la función pública en los
últimos cinco años.
5.6.- Para la válida constitución del órgano, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de
acuerdos, se requerirá la asistencia presencial del Presidente/a y del Secretario/a o, en su caso, de quienes lo
suplan, y al menos la mitad del resto de las personas integrantes del Tribunal Calificador.
5.7.- El Tribunal Calificador resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y
propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para
resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de los procesos selectivos, así como para
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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4.2.- Las personas aspirantes excluidas, así como las personas omitidas en ambas relaciones, dispondrán de
un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la lista provisional de
admitidas y excluidas, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión de las
relaciones de admitidas y excluidas. Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanasen
la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidas, serán
definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
4.3.- Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en su sede electrónica
https://santaamalia.sedelectronica.es, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Santa Amalia y en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz la resolución elevando a definitiva la lista provisional de las personas
aspirantes admitidas y excluidas, con la inclusión correspondiente como admitidas de aquellas que fueron
excluidas y que hayan subsanado errores u omisiones.
4.4.- Contra las resoluciones a que se refiere la presente Base, así como contra aquellas otras que resuelvan la
subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
conforme a la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción.
4.5.- En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará la composición del Tribunal
Calificador. La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas en el Boletín Oficial de la
Provincia, será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos. Asimismo, se
indicará la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio.
Quinta.- Tribunal Calificador.
5.1.- El Tribunal Calificador estará compuesto como sigue:
Presidente
Funcionario/a de carrera designado por la Acaldesa-Presidenta.
Vocales
1. Representante de la Junta de Extremadura: Funcionario/a de carrera designado por la Consejería
competente en materia de coordinación de Policías Locales.
2. Vocales representantes del Ayuntamiento de Santa Amalia: Funcionario/a de carrera designados por
la Alcaldesa-Presidenta.
Secretario/a Funcionario/a de carrera designado por la Alcaldesa-Presidenta.
5.2.- En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de imparcialidad, profesionalidad.
Asimismo, se tendrá en cuenta el principio de igualdad de género en cuento a la paridad entre hombres y
mujeres del Tribunal.
5.3.- Cada puesto titular, contará con una persona suplente, con los mismos perfiles determinados en la
composición del Tribunal Calificador.
5.4.- La composición del Tribunal será predominantemente técnica y todos sus miembros, titulares y
suplentes, habrán de ser funcionarios o funcionarias de carrera, poseer un nivel de titulación igual o superior
a la requerida para el acceso al grupo correspondiente a las plazas convocadas, pertenecer a un grupo de
clasificación igual o superior a aquel en que se integren las referidas plazas y, en caso de ser miembros de un
Cuerpo de Policía Local, deberán, además, pertenecer a una categoría igual o superior a la correspondiente a
las plazas objeto de convocatoria.
5.5.- Los miembros del Tribunal Calificador están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos
en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, no
pudiendo ser nombrados miembros, colaboradores o asesores del Tribunal quienes hubieren realizado
tareas de preparación de las personas aspirantes a pruebas selectivas para acceso a la función pública en los
últimos cinco años.
5.6.- Para la válida constitución del órgano, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de
acuerdos, se requerirá la asistencia presencial del Presidente/a y del Secretario/a o, en su caso, de quienes lo
suplan, y al menos la mitad del resto de las personas integrantes del Tribunal Calificador.
5.7.- El Tribunal Calificador resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y
propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para
resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de los procesos selectivos, así como para
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