Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Amalia. (04075/2021)
Convocatoria para el acceso a dos plazas de Agente de la Policía Local de Santa Amalia mediante oposición libre
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Santa Amalia
Anuncio 4075/2021
e) Orden de 14 de septiembre de 2004, por la que se aprueban los programas con los temas a los que han de
ajustarse las bases de las convocatorias realizadas por las entidades locales para el ingreso, promoción,
movilidad en los Cuerpos de Policía Local y Auxiliares de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE número 119, de 14 de octubre).
f) Demás normativa vigente que resulte de aplicación.
El procedimiento de selección de las personas aspirantes será el de oposición libre.
Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes:
Para tomar parte en estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a.- Tener nacionalidad española.
b.- Tener dieciocho años cumplidos y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c.- Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico o título académico equivalente. En el caso de aportar un
título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por órgano competente en la
materia, que acredite la citada equivalencia.
d.- Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes
funciones asignadas a las policías locales, con la excepción establecida para las personas aspirantes en estado
de embarazo o parto.
e.- No haber sido separado/a del servicio de la administración local, autonómica o estatal en virtud de
expediente disciplinario, ni estar inhabilitado para el ejercicio de la función pública por sentencia firme.
f.- No tener antecedentes penales por delitos dolosos.
g.- Acreditar la aptitud física para la realización de las pruebas señaladas en la base séptima, mediante la
presentación de original o copia compulsada de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado
por un colegiado/a en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el/la aspirante reúne las
condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos que figuran
especificados en el anexo III de la presente convocatoria, y a que se refiere el artículo 29.1.b) de las normas
marco. Esta certificación se entregará al Tribunal Calificador el mismo día de la celebración de las pruebas
físicas y debe estar expedido como máximo dentro de los tres meses anteriores a la fecha de realización de
las mismas.
En todo caso, el certificado médico citado en párrafo anterior no excluirá, en absoluto, las comprobaciones
posteriores que integran la prueba de reconocimiento médico descrito en el artículo 29.1. a) de las normas
marco.
h.- Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A2 y B.
i.- Para la realización de las pruebas físicas establecidas en el apartado 7.1.1., será obligatorio presentar en las
mismas instalaciones y en el momento de la realización de estas pruebas, impreso certificado de prueba PCR
y o de antígenos –COVID-19– con resultado negativo. El certificado que será nominativo deberá reflejar
claramente el nombre y los apellidos de la persona aspirante y acreditada por cualquier sistema público de
salud o de un laboratorio, con fecha máxima de expedición, tres días antes del día de su examen.
j.- En todas y cada una de las pruebas recogidas en el proceso de oposición libre en estas bases, es decir, en la
prueba física, la prueba de conocimientos, la prueba práctica, la prueba psicotécnica y la prueba médica,
antes del inicio de cada una de ellas, en el momento del llamamiento y antes de la entrada al aula o
instalaciones, la persona aspirante debe obligatoriamente, entregar rellenada y firmada la declaración
responsable que figura en el anexo V.
Todos los requisitos establecidos con anterioridad deberán ser reunidos por las personas aspirantes el día en que finalice el
plazo para la presentación de instancias previsto en la base tercera de la presente convocatoria, a excepción del
especificado en el aparatado h, debiendo acreditarse los permisos de conducir antes de la finalización del curso selectivo de
formación correspondiente.
Tercera.- Solicitudes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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e) Orden de 14 de septiembre de 2004, por la que se aprueban los programas con los temas a los que han de
ajustarse las bases de las convocatorias realizadas por las entidades locales para el ingreso, promoción,
movilidad en los Cuerpos de Policía Local y Auxiliares de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE número 119, de 14 de octubre).
f) Demás normativa vigente que resulte de aplicación.
El procedimiento de selección de las personas aspirantes será el de oposición libre.
Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes:
Para tomar parte en estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a.- Tener nacionalidad española.
b.- Tener dieciocho años cumplidos y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c.- Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico o título académico equivalente. En el caso de aportar un
título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por órgano competente en la
materia, que acredite la citada equivalencia.
d.- Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes
funciones asignadas a las policías locales, con la excepción establecida para las personas aspirantes en estado
de embarazo o parto.
e.- No haber sido separado/a del servicio de la administración local, autonómica o estatal en virtud de
expediente disciplinario, ni estar inhabilitado para el ejercicio de la función pública por sentencia firme.
f.- No tener antecedentes penales por delitos dolosos.
g.- Acreditar la aptitud física para la realización de las pruebas señaladas en la base séptima, mediante la
presentación de original o copia compulsada de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado
por un colegiado/a en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el/la aspirante reúne las
condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos que figuran
especificados en el anexo III de la presente convocatoria, y a que se refiere el artículo 29.1.b) de las normas
marco. Esta certificación se entregará al Tribunal Calificador el mismo día de la celebración de las pruebas
físicas y debe estar expedido como máximo dentro de los tres meses anteriores a la fecha de realización de
las mismas.
En todo caso, el certificado médico citado en párrafo anterior no excluirá, en absoluto, las comprobaciones
posteriores que integran la prueba de reconocimiento médico descrito en el artículo 29.1. a) de las normas
marco.
h.- Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A2 y B.
i.- Para la realización de las pruebas físicas establecidas en el apartado 7.1.1., será obligatorio presentar en las
mismas instalaciones y en el momento de la realización de estas pruebas, impreso certificado de prueba PCR
y o de antígenos –COVID-19– con resultado negativo. El certificado que será nominativo deberá reflejar
claramente el nombre y los apellidos de la persona aspirante y acreditada por cualquier sistema público de
salud o de un laboratorio, con fecha máxima de expedición, tres días antes del día de su examen.
j.- En todas y cada una de las pruebas recogidas en el proceso de oposición libre en estas bases, es decir, en la
prueba física, la prueba de conocimientos, la prueba práctica, la prueba psicotécnica y la prueba médica,
antes del inicio de cada una de ellas, en el momento del llamamiento y antes de la entrada al aula o
instalaciones, la persona aspirante debe obligatoriamente, entregar rellenada y firmada la declaración
responsable que figura en el anexo V.
Todos los requisitos establecidos con anterioridad deberán ser reunidos por las personas aspirantes el día en que finalice el
plazo para la presentación de instancias previsto en la base tercera de la presente convocatoria, a excepción del
especificado en el aparatado h, debiendo acreditarse los permisos de conducir antes de la finalización del curso selectivo de
formación correspondiente.
Tercera.- Solicitudes.
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