Administración del Estado. Ministerios. Ministerio de Interior. Dirección General de Tráfico. Jefatura Provincial de Tráfico de Badajoz. (04058/2021)
Corrección de error de la resolución por la que se asume la competencia sancionadora en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, por las infracciones cometidas en las vías urbanas del Ayuntamiento de Fuente del Arco
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Dirección General de Tráfico

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ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
MINISTERIOS
Ministerio de Interior
Dirección General de Tráfico
Jefatura Provincial de Tráfico de Badajoz
Badajoz
Anuncio 4058/2021
Corrección de error de la resolución por la que se asume la competencia sancionadora en materia de tráfico, circulación de
vehículos a motor y seguridad vial, por las infracciones cometidas en las vías urbanas del Ayuntamiento de Fuente del Arco

Corrección errores del anuncio 4037/2021, BOP de 2 de septiembre de 2021, resolución por la que se asume la competencia
sancionadora en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, por las infracciones cometidas en las
vías urbanas del Ayuntamiento de Fuente del Arco.
Resolucion de 31 de agosto de 2021, de la Jefatura Provincial de Tráfico de Badajoz por la que se asume la competencia
sancionadora en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, por las infracciones cometidas en las
vías urbanas del Ayuntamiento de Fuente del Arco.
El artículo 7 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, establece en su apartado a) que corresponde a los municipios la
regulación, ordenación, gestión vigilancia y disciplina, por medio de agentes propios, del tráfico en las vías urbanas de su
titularidad, así como la denuncia de las infracciones que se cometan en dichas vías y la sanción de las mismas cuando no
esté expresamente atribuida a otra Administración.
A continuación, el apartado i) del artículo 5 del citado Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en su apartado i)
dispone la competencia del Ministerio del Interior en la vigilancia y disciplina del tráfico en toda clase de vías interurbanas y
en travesías cuando no exista Policía Local, así como la denuncia y sanción de las infracciones a las normas de circulación y
de seguridad vial en dichas vías.
Al amparo de estas disposiciones y con fecha 16 de marzo de 2021, el Alcalde del Ayuntamiento de Fuente del Arco solicitó la
asunción, por parte de la Jefatura Provincial de Tráfico de Badajoz, de las competencias municipales en materia
sancionadora por infracciones a las normas de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial en las vías urbanas
de dicho municipio.
En su virtud, y habiéndose encontrado justificada la solicitud refrendada por acuerdo del Pleno formulada por el Alcalde del
Ayuntamiento de Fuente del Arco para la cesión de la competencia que el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre,
le otorga.
ACUERDO
Asumir desde la fecha de publicación de la presente resolución, la competencia para sancionar las infracciones en materia
de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, cometidas en las vías urbanas del Ayuntamiento de Fuente del
Arco, con la siguiente observación:
La asunción de la competencia sancionadora será de carácter temporal, mientras subsistan las razones expuestas por el
señor Alcalde y los servicios municipales sean insuficientes.
Badajoz, 2 de septiembre de 2021.- El Jefe Provincial de Tráfico, Pedro Ignacio Martínez García.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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