Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (04024/2021)
Extracto por la que se convocan prestaciones económicas extraordinarias no periódicas destinadas a cubrir graves situaciones de necesidad a personas en situación de vulnerabilidad económica como consecuencia de la COVID-19 durante 2021
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Instituto Municipal de Servicios Sociales
Anuncio 4024/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Instituto Municipal de Servicios Sociales
Badajoz
Anuncio 4024/2021
Extracto por la que se convocan prestaciones económicas extraordinarias no periódicas destinadas a cubrir graves
situaciones de necesidad a personas en situación de vulnerabilidad económica como consecuencia de la COVID-19 durante
2021
RESOLUCIÓN DE 20 DE AGOSTO DE 2021 DE LA VICEPRESIDENCIA DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES DEL
AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ (EN ADELANTE IMSS), POR LA QUE SE CONVOCAN PRESTACIONES ECONÓMICAS
EXTRAORDINARIAS NO PERIÓDICAS DESTINADAS A CUBRIR GRAVES SITUACIONES DE NECESIDAD Y OTROS GASTOS
EXCEPCIONALES A PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD ECONÓMICA MOTIVADAS POR LAS CONSECUENCIAS
SOCIALES DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR LA COVID-19, DURANTE 2021
BDNS (IDENTIF.): 581.522
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se pública el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/581522).
Primero.- Beneficiarios: Personas que estén empadronadas y residan legalmente en Badajoz y reúnan los
requisitos establecidos en el apartado VI de la convocatoria.
Segundo.- Objeto: La de prestaciones económicas extraordinarias dirigidas a cubrir graves situaciones de
necesidad, y otros gastos excepcionales, a personas en situación de vulnerabilidad económica motivadas por
las consecuencias sociales de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 a aquéllas personas o unidades de
convivencia, residentes en el término municipal de Badajoz y que, por diferentes motivos, no son perceptoras
de las ayudas y recursos sociales o institucionales disponibles en su entorno, o estos resultan a todas luces
insuficientes.
Tercero.- Bases reguladoras: Las prestaciones convocadas se regirán por lo establecido en la presente
convocatoria y en el artículo 22.2 de la Ley 6/2011, de la Junta de Extremadura, en aplicación del artículo 3.c
de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz (OGS Ayuntamiento de Badajoz), que
establece las bases reguladoras de todas las subvenciones otorgadas por este, aprobada por acuerdo de
Pleno de fecha 3 de noviembre de 2008, publicado en el BOP de Badajoz número 21, de fecha 2 de febrero de
2009; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), por el Real Decreto 887/2006,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (RLGS); por la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, por la que se aprueba el procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y
demás disposiciones a que hace referencia el artículo 5.1 LGS.
Cuarto.- Cuantía. Esta convocatoria de subvenciones tiene una dotación total máxima de 800.000,00 euros,
estableciéndose como límite máximo a solicitar por cada una de las personas interesadas de 2.000,00 euros
en función de los gastos y líneas establecidas en la cláusula II de la convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, hasta el 15 de octubre de 2021.
Sexto. Otros datos. Las solicitudes se ajustarán al modelo que será facilitado por el Instituto Municipal de
Servicios Sociales de Badajoz y que figura como anexo I a la convocatoria y se presentarán, junto a la
documentación relacionada en su punto VIII, apartado 2.º, en el lugar y forma establecido en el apartado 3.º
del mismo.
Formulada Propuesta de resolución, el Vicepresidente del IMSS, por delegación del Presidente de la entidad,
dictará resolución concediendo o denegando la ayuda solicitada, dentro del plazo de diez días hábiles, a
contar desde la fecha de elevación de la citada propuesta.
Una vez recaída resolución favorable, el abono de la ayuda se realizará en función del tipo de gasto para los
que se haya concedido, prevaleciendo, como principio, el pago directo a la persona física o entidad
proveedora de los suministros y servicios. Según lo establecido en la cláusula IX de la convocatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 4
Anuncio 4024/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Instituto Municipal de Servicios Sociales
Badajoz
Anuncio 4024/2021
Extracto por la que se convocan prestaciones económicas extraordinarias no periódicas destinadas a cubrir graves
situaciones de necesidad a personas en situación de vulnerabilidad económica como consecuencia de la COVID-19 durante
2021
RESOLUCIÓN DE 20 DE AGOSTO DE 2021 DE LA VICEPRESIDENCIA DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES DEL
AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ (EN ADELANTE IMSS), POR LA QUE SE CONVOCAN PRESTACIONES ECONÓMICAS
EXTRAORDINARIAS NO PERIÓDICAS DESTINADAS A CUBRIR GRAVES SITUACIONES DE NECESIDAD Y OTROS GASTOS
EXCEPCIONALES A PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD ECONÓMICA MOTIVADAS POR LAS CONSECUENCIAS
SOCIALES DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR LA COVID-19, DURANTE 2021
BDNS (IDENTIF.): 581.522
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se pública el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/581522).
Primero.- Beneficiarios: Personas que estén empadronadas y residan legalmente en Badajoz y reúnan los
requisitos establecidos en el apartado VI de la convocatoria.
Segundo.- Objeto: La de prestaciones económicas extraordinarias dirigidas a cubrir graves situaciones de
necesidad, y otros gastos excepcionales, a personas en situación de vulnerabilidad económica motivadas por
las consecuencias sociales de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 a aquéllas personas o unidades de
convivencia, residentes en el término municipal de Badajoz y que, por diferentes motivos, no son perceptoras
de las ayudas y recursos sociales o institucionales disponibles en su entorno, o estos resultan a todas luces
insuficientes.
Tercero.- Bases reguladoras: Las prestaciones convocadas se regirán por lo establecido en la presente
convocatoria y en el artículo 22.2 de la Ley 6/2011, de la Junta de Extremadura, en aplicación del artículo 3.c
de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz (OGS Ayuntamiento de Badajoz), que
establece las bases reguladoras de todas las subvenciones otorgadas por este, aprobada por acuerdo de
Pleno de fecha 3 de noviembre de 2008, publicado en el BOP de Badajoz número 21, de fecha 2 de febrero de
2009; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), por el Real Decreto 887/2006,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (RLGS); por la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, por la que se aprueba el procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y
demás disposiciones a que hace referencia el artículo 5.1 LGS.
Cuarto.- Cuantía. Esta convocatoria de subvenciones tiene una dotación total máxima de 800.000,00 euros,
estableciéndose como límite máximo a solicitar por cada una de las personas interesadas de 2.000,00 euros
en función de los gastos y líneas establecidas en la cláusula II de la convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, hasta el 15 de octubre de 2021.
Sexto. Otros datos. Las solicitudes se ajustarán al modelo que será facilitado por el Instituto Municipal de
Servicios Sociales de Badajoz y que figura como anexo I a la convocatoria y se presentarán, junto a la
documentación relacionada en su punto VIII, apartado 2.º, en el lugar y forma establecido en el apartado 3.º
del mismo.
Formulada Propuesta de resolución, el Vicepresidente del IMSS, por delegación del Presidente de la entidad,
dictará resolución concediendo o denegando la ayuda solicitada, dentro del plazo de diez días hábiles, a
contar desde la fecha de elevación de la citada propuesta.
Una vez recaída resolución favorable, el abono de la ayuda se realizará en función del tipo de gasto para los
que se haya concedido, prevaleciendo, como principio, el pago directo a la persona física o entidad
proveedora de los suministros y servicios. Según lo establecido en la cláusula IX de la convocatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 4