Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Don Pedro. (03540/2021)
Aprobación definitiva del acuerdo de modificación de créditos número 05/2021 del presupuesto de 2021, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería
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Ayuntamiento de Casas de Don Pedro
Anuncio 3540/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Casas de Don Pedro
Casas de Don Pedro (Badajoz)
Anuncio 3540/2021
Aprobación definitiva del acuerdo de modificación de créditos número 05/2021 del presupuesto de 2021, en la modalidad
de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería
APROBACIÓN DEFINITIVA
Elevado a definitivo el acuerdo de modificación de créditos número 05/2021 del presupuesto de 2021, en la modalidad de
suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería
A los efectos oportunos y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 169, en relación con el 177.2 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y
artículo 38.2, en relación con el artículo 20.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se hace público, para general
conocimiento, que ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión
extraordinaria celebrada el 28 de junio de 2021, por el que se aprobó inicialmente el expediente de modificación de
suplemento de créditos, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:
PRESUPUESTO DE GASTOS
Capítulo
Denominación capítulo
Inicial
Modificaciones
previas
Ampliación
Definitivo
1
Gastos de personal
832.351,85 €
0,00 €
832.351,85 €
2
Gastos en bienes corrientes y servicios
458.307,64 €
20.000,00 €
478.307,64 €
3
Gastos financieros
5.000,00 €
0,00 €
5.000,00 €
4
Transferencias corrientes
5
Fondo de contingencia y otros imprevistos
6
Inversiones reales
7
8
9
270.526,06 €
5.002,48 € 25.000,00 €
300.528,54 €
1.000,00 €
0,00 €
1.000,00 €
329.798,56 €
1.289.216,15 €
1.619.014,71 €
Transferencias de capital
0,00 €
0,00 €
0,00 €
Activos financieros
0,00 €
0,00 €
0,00 €
Pasivos financieros
48.000,00 €
0,00 €
48.000,00 €
Total gastos: 1.949.984,11 €
1.314.218,63 € 25.000,00 € 3.289.202,74 €
PRESUPUESTO DE INGRESOS
Capítulo
Denominación capítulo
Inicial
Modificaciones
anteriores
Aumento
Definitiva
1
Impuestos directos
532.000,00 €
0,00 €
532.000,00 €
2
Impuestos indirectos
507.780,00 €
0,00 €
507.780,00 €
3
Tasas y otros ingresos
170.400,00 €
0,00 €
170.400,00 €
4
Transferencias corrientes
608.432,93 €
71.958,48 €
680.391,41 €
5
Ingresos patrimoniales
51.671,18 €
0,00 €
51.671,18 €
6
Enajenación de inversiones reales
0,00 €
0,00 €
0,00 €
7
Transferencias de capital
74.700,00 €
0,00 €
74.700,00 €
8
Activos financieros
5.000,00 €
1.242.260,15 €
25.000,00 € 1.272.260,15 €
9
Pasivos financieros
0,00 €
0,00 €
0,00 €
Total ingresos: 1.949.984,11€
802.374,63 € 511.844,00 € 3.289.202,74 €
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Casas de Don Pedro (Badajoz)
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Aprobación definitiva del acuerdo de modificación de créditos número 05/2021 del presupuesto de 2021, en la modalidad
de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería
APROBACIÓN DEFINITIVA
Elevado a definitivo el acuerdo de modificación de créditos número 05/2021 del presupuesto de 2021, en la modalidad de
suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería
A los efectos oportunos y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 169, en relación con el 177.2 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y
artículo 38.2, en relación con el artículo 20.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se hace público, para general
conocimiento, que ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión
extraordinaria celebrada el 28 de junio de 2021, por el que se aprobó inicialmente el expediente de modificación de
suplemento de créditos, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:
PRESUPUESTO DE GASTOS
Capítulo
Denominación capítulo
Inicial
Modificaciones
previas
Ampliación
Definitivo
1
Gastos de personal
832.351,85 €
0,00 €
832.351,85 €
2
Gastos en bienes corrientes y servicios
458.307,64 €
20.000,00 €
478.307,64 €
3
Gastos financieros
5.000,00 €
0,00 €
5.000,00 €
4
Transferencias corrientes
5
Fondo de contingencia y otros imprevistos
6
Inversiones reales
7
8
9
270.526,06 €
5.002,48 € 25.000,00 €
300.528,54 €
1.000,00 €
0,00 €
1.000,00 €
329.798,56 €
1.289.216,15 €
1.619.014,71 €
Transferencias de capital
0,00 €
0,00 €
0,00 €
Activos financieros
0,00 €
0,00 €
0,00 €
Pasivos financieros
48.000,00 €
0,00 €
48.000,00 €
Total gastos: 1.949.984,11 €
1.314.218,63 € 25.000,00 € 3.289.202,74 €
PRESUPUESTO DE INGRESOS
Capítulo
Denominación capítulo
Inicial
Modificaciones
anteriores
Aumento
Definitiva
1
Impuestos directos
532.000,00 €
0,00 €
532.000,00 €
2
Impuestos indirectos
507.780,00 €
0,00 €
507.780,00 €
3
Tasas y otros ingresos
170.400,00 €
0,00 €
170.400,00 €
4
Transferencias corrientes
608.432,93 €
71.958,48 €
680.391,41 €
5
Ingresos patrimoniales
51.671,18 €
0,00 €
51.671,18 €
6
Enajenación de inversiones reales
0,00 €
0,00 €
0,00 €
7
Transferencias de capital
74.700,00 €
0,00 €
74.700,00 €
8
Activos financieros
5.000,00 €
1.242.260,15 €
25.000,00 € 1.272.260,15 €
9
Pasivos financieros
0,00 €
0,00 €
0,00 €
Total ingresos: 1.949.984,11€
802.374,63 € 511.844,00 € 3.289.202,74 €
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
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