Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (03486/2021)
Delegación de competencias en materia de tráfico
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Ayuntamiento de Guareña

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Guareña
Guareña (Badajoz)
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Delegación de competencias en materia de tráfico

Decreto de Alcaldía de número y fecha establecidos al margen.
Procedimiento: Decretos de organización.
Asunto: Delegaciones de competencias.
Documento firmado por: Don Abel González Ramiro, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Guareña (Badajoz).
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS
En uso de las facultades que le confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO:
Primero. Delegar las siguientes áreas/materias:

Área/materia
Sanciones en materia de tráfico

Concejal
María Luisa Mancha Juez

Segundo. Las delegaciones genéricas conferidas tendrán la extensión prevista en el artículo 121.2 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre; comprendiendo, en consecuencia, todas aquellas facultades,
derechos y deberes referidos a la materia delegada que correspondan al órgano que tiene asignadas
originariamente las atribuciones, con la sola excepción de las que según la Ley 7/1985, de 2 de abril, no sean
delegables, y abarcarán tanto la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero. Esta Alcaldía conservará las siguientes facultades en relación con las competencias delegadas:
a) La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de actos o
disposiciones emanados, en virtud de la delegación.
b) La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de trascendencia, y
c) Los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de las atribuciones delegadas se
entenderán dictadas por el órgano delegante, correspondiendo, en consecuencia, a este, la
resolución de los recursos de reposición que puedan interponerse.
Cuarto. Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada
tácitamente, salvo manifestación expresa, y remitir esta resolución del nombramiento al Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz para su publicación en el mismo, igualmente publicar la resolución en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución
por el Alcalde.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento:
https://guarena.sedelectronica.es/info.0.
En Guareña, a 19 de julio de 2021.- El Alcalde, Abel González Ramiro.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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