Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. (03468/2021)
Bases que han de regir la convocatoria de cuatro plazas de Profesores de la Escuela Municipal de Música a través de contratación temporal y constitución de bolsa de trabajo
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Jerez de los Caballeros (Badajoz)
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Bases que han de regir la convocatoria de cuatro plazas de Profesores de la Escuela Municipal de Música a través de
contratación temporal y constitución de bolsa de trabajo

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros en sesión ordinaria celebrada con fecha 15 de julio
de 2021 ha acordado aprobar las bases que han de regir la convocatoria de cuatro plazas de profesores de la Escuela
Municipal de Música a través de contratación temporal y constitución de bolsa de trabajo y que se transcriben literalmente a
continuación:
"BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE CUATRO PLAZAS DE PROFESORES DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA
A TRAVÉS DE CONTRATACIÓN TEMPORAL Y CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE TRABAJO.
Primero. Objeto de la convocatoria
Es objeto de las presentes bases la provisión de cuatro profesores de música para la escuela municipal de
música de Jerez de los Caballeros y la constitución de una bolsa de trabajo para el curso 2021-2022 para la
contratación de 4 profesores de la Escuela Municipal de Música mediante contrato de duración determinada
de obra y servicio, a través del procedimiento de concurso-oposición con arreglo a las presentes bases y a la
normativa de aplicación. En concreto, se procederá a la contratación y a la formación de la correspondiente
bolsa de trabajo de:
Profesor/a de violín, lenguaje musical y coro.
Profesor/a de guitarra clásica, flamenca y eléctrica.
Profesor/a de viento madera, lenguaje musical, informática musical.
Profesor/a de viento metal y lenguaje musical.
El profesor de la asignatura de percusión será el que de todos ellos tenga conocimientos acreditados en la
materia.
La contratación queda supeditada a las necesidades del servicio y en función de los alumnos/as inscritos en la
Escuela Municipal de Música, pudiendo ser contratado personal adicional según la especialidad de la que se
trate que esté incluido en las bolsas. En ningún caso, el mero hecho de pertenecer a esta bolsa implicará
derecho alguno a obtener nombramiento o contrato laboral. El personal contratado lo será a cargo del
presupuesto municipal y siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias.
Todo el proceso selectivo se desarrollará en condiciones de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Segundo. Modalidad del contrato
Las contrataciones que se puedan generar, por duración determinada, estarán acogidas a la modalidad de
obra y servicio, previstas en el artículo 15.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 2720/1998, de 18 de
diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de
duración determinada.
La duración de las contrataciones y la jornada se ajustará a la temporalización de las actividades a desarrollar,
conforme a lo dispuesto por el convenio colectivo para el personal laboral en vigor del Ayuntamiento de Jerez
de los Caballeros.
En todo caso, el contrato no tendrá una duración superior a la del curso escolar de octubre a junio, teniendo
la jornada parcial fijada en las necesidades propias del servicio de la Escuela de Música entre 4-22 horas
semanales, que se determinarán en el correspondiente contrato de trabajo.
Las retribuciones se establecerán conforme a las condiciones generales de los empleados públicos
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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