Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (03449/2021)
Delegaciones en Concejales del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
Oliva de la Frontera (Badajoz)
Anuncio 3449/2021
Delegaciones en Concejales del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
DOÑA LUISA OSORIO VICHO ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OLIVA DE LA FRONTERA
En uso de las facultades conferidas en los arts. 43 y siguientes del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen
jurídico de las entidades locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y con la finalidad de conseguir
una mayor eficacia en la gestión,
HE RESUELTO:
Realizar las siguientes delegaciones:
- D. José Rangel Barroso.
1.- Ámbito de los asuntos: Hacienda, especial de cuentas, desarrollo, empleo, sanidad y urbanismo.
2.- Facultades que se delegan: Coordinación y gestión.
- D. Antonio García Rincón.
1.- Ámbito de los asuntos: Servicios municipales, protección civil, tráfico y seguridad ciudadana.
2.- Facultades que se delegan: Coordinación y gestión.
- D.ª Maria Gañan Gañan.
1.- Ámbito de los asuntos: Asuntos sociales, cultura y educación.
2.- Facultades que se delegan: Coordinación y gestión.
- D. Rafael Matamoros Mahugo.
1.- Ámbito de los asuntos: Agricultura, ganadería, campo oliva y festejos.
2.- Facultades que se delegan: Coordinación y gestión.
- D.ª Celia Cidoncha Correa.
1.- Ámbito de los asuntos: Turismo, juventud y medio ambiente.
2.- Facultades que se delegan: Coordinación y gestión.
- D. Fernando Teodoro Guillen.
1.- Ámbito de los asuntos: Deportes y tecnologías de la información y la comunicación.
2.- Facultades que se delegan: Coordinación y gestión.
Las facultades sobre mujer, igualdad, obras, personal y participación ciudadana las detentará la Alcaldía.
Las presentes delegaciones de atribuciones surtirán efectos desde el día siguiente al de la fecha del presente decreto, sin
perjuicio de su preceptiva publicación en el BOP.
De las presentes delegaciones se dará cuenta al Pleno de la Corporación, en la primera sesión que se celebre.
Según establece el art. 114 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, las delegaciones de atribuciones requerirán, para ser eficaz, su
aceptación por parte del Delegado. La delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el término de tres días hábiles
contados desde la notificación del acuerdo el miembro y órgano destinatario de la delegación no hace manifestación
expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación.
En Oliva de la Frontera, a 15 de julio de 2021.- La Alcaldesa-Presidenta, Luisa Osorio Vicho.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
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