Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mirandilla. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (03455/2021)
Bases reguladoras de la convocatoria para la provisión mediante oposición libre de una plaza de Auxiliar Administrativo
8 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Mirandilla

Anuncio 3455/2021

Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o en su defecto pasaporte o carné de conducir, siempre en original.
SÉPTIMA: CALIFICACIÓN.
La calificación final de cada uno de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenida en cada
uno de los dos ejercicios; en caso de empate, se tendrá en cuenta la nota obtenida en el segundo ejercicio; si persistiera el
empate, se tendrá en cuenta la calificación del primer ejercicio.
OCTAVA: RELACIÓN DE APROBADOS/AS, ACREDITACIÓN DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS Y NOMBRAMIENTO.
Concluidas las pruebas, el Tribunal hará público el resultado final, con expresión del aspirante que haya obtenido la mayor
puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el tablón de anuncios, precisándose que el número de
aprobados no podrá rebasar el número de plazas convocadas.
El Tribual elevará a la consideración de la alcaldía la propuesta de nombramiento que, además, será publicada en la sede
electrónica y tablón de anuncios del Ayuntamiento debiendo el aspirante propuesto acreditar, en el plazo de veinte días
hábiles siguientes al de la publicación, que reúnen con todos los requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes, dentro de referido plazo, y salvo caso de fuerza mayor, no acreditaren dichos requisitos o de la documentación
aportada no se dedujese su cumplimiento, no podrán ser nombrados funcionarios, quedando anuladas todas las
actuaciones realizadas con el aspirante, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en
la solicitud de participación.
El alcalde deberá nombrar funcionario al aspirante propuesto en el plazo de los quince días a contar desde la finalización del
plazo de los veinte días anteriores. El nombramiento mencionado se publicará en el Diario Oficial de Extremadura. Una vez
publicado el nombramiento de funcionario, éste/a deberá tomar posesión en el plazo de un mes
NOVENA: INCOMPATIBILIDADES.
Los aspirantes propuestos y el nombrado quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en
la Ley 53/84, de 16 de diciembre, sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
DÉCIMA: INCIDENCIAS.
Las presentes bases y la convocatoria, así como los actos de desarrollo de la misma podrán ser impugnados de conformidad
con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Contra las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso potestativo de
reposición en el plazo de mes desde la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia ante la alcaldía de este
Ayuntamiento, previo al recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde su publicación ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, o al que corresponda a su domicilio, si ésta radica en Extremadura; o
bien, interponer directamente el referido recurso contencioso administrativo ante el Juzgado correspondiente, poniendo de
manifiesto que son incompatibles ambas vías a la vez.
En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación lo recogido en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto del
Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las normas básicas y los programas mínimos a
que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local: El Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,
y la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Mirandilla, 16 de julio de 2021.- El Alcalde, José María Carrasco Ledo.

______________

ANEXO I
MODELO DE SOLICITUD PARA SER ADMITIDO EN EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE UNA PLAZA VACANTE DE AUXILIAR
ADMINISTRATIVO EN EL AYUNTAMIENTO DE MIRANDILLA.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 5 de 8