Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03427/2021)
Bases de la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo de Profesor/a Superior Música Viola
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Servicio de Administración de Recursos Humanos
Badajoz
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Bases de la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo de Profesor/a Superior Música Viola

La Diputación Provincial de Badajoz, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el artículo 96 y siguientes de
la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura y en el Reglamento de funcionamiento de las bolsas de
trabajo de la Diputación de Badajoz y sus Organismos Autónomos, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz
de 30 de enero de 2020, y por urgentes necesidades del servicio, procede a la convocatoria pública de pruebas selectivas
con sujeción a las siguientes:
BASES:
PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.
Convocar pruebas selectivas para constituir una bolsa de empleo para la provisión mediante nombramiento
interino, de puestos de Profesor/a Superior Música Viola, correspondiente al grupo A, subgrupo A1 de
titulación, con destino en el Conservatorio Superior de Música de Badajoz "Bonifacio Gil".
SEGUNDA.- Requisitos.
Las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes:

a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso
al empleo público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Las pruebas se realizarán en español.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo
establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su
Inclusión Social, serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con
las demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad funcional para el desempeño de
las tareas o funciones propias de este puesto, acreditándose las condiciones personales de
aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar competente. A
estos efectos conforme establece el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, se adoptarán para las personas con la condición de discapacitada
que lo soliciten, las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de
tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones
en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con discapacidad. Para ello, deberán
formular la correspondiente petición concreta, que aportarán junto con la solicitud de
participación dentro del plazo de presentación de instancias. Dicha petición deberá estar
motivada. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el
resto de personas aspirantes.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
d) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de las funciones públicas,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 56 del citado Estatuto Básico del Empleado Público.
En caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitada/o o en situación equivalente ni
haber sido sometida/o a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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