Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03426/2021)
Bases de la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo de Profesor/a Superior Música Repentización y Acompañamiento
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

Anuncio 3426/2021

superior al 60-40%, teniendo prioridad el/la aspirante del género perteneciente al colectivo con menor
representación y hasta que se llegue al porcentaje indicado. Si aún persistiese el empate, se resolverá
atendiendo al orden del sorteo de la Junta de Extremadura y que se publica en el DOE, para su aplicación
general a todas las bolsas de trabajo de la Comunidad Autónoma.
SÉPTIMA.- Resolución de la convocatoria.
Concluida la calificación, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden de puntuación,
y elevará dicha relación a la Presidencia de la Corporación para la constitución de la bolsa de trabajo.
OCTAVA.- Presentación de documentos.
Con ocasión del nombramiento interino, las personas llamadas de la bolsa de trabajo, deberán presentar, en
el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior de Diputación de Badajoz, los documentos originales o
copias según se requiera, acreditativo de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la
convocatoria.
Si las personas no presentasen sus documentos o no reuniesen los requisitos exigidos, no podrán ser
nombrados ni contratados, y quedarán sin efecto y anuladas todas sus actuaciones en el proceso selectivo,
sin perjuicio de la responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar, por incurrir en
falsedad en su solicitud de participación.
La Diputación de Badajoz se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o
solicitar aclaraciones o información adicional, cuando se considere necesario.
NOVENA.- Incidencias.
El Tribunal de Selección queda autorizado para resolver cuantas cuestiones se susciten referidas a la
interpretación de las presentes bases y su desarrollo.
DÉCIMA.- Protección de datos.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los
Derechos Digitales, y el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de
2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a
la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, el tratamiento de los datos de
carácter personal es necesario en el cumplimiento de una misión realizada en interés público.
a) Información sobre protección de datos.
- Responsable.
Diputación Provincial de Badajoz.
Delegado de Protección de Datos
924 212 237 dpd@dip-badajoz.es
C/ Obispo San Juan de Rivera, 6. 06071 Badajoz

- Finalidad del tratamiento:
La finalidad del tratamiento es la de gestionar y tramitar la participación en la convocatoria de las
pruebas selectivas, de conformidad con el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 13/2015,
de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, con el fin de analizar la idoneidad de los candidatos.
No se emplearán los datos para decisiones automatizadas.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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