Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peñalsordo. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03437/2021)
Aprobación del expediente de establecimiento de servicio público local de centro de día y comida a domicilio o servicio de comedor
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Ayuntamiento de Peñalsordo

Anuncio 3437/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Peñalsordo
Peñalsordo (Badajoz)
Anuncio 3437/2021
Aprobación del expediente de establecimiento de servicio público local de centro de día y comida a domicilio o servicio de
comedor

ACUERDO DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE PEÑALSORDO, POR EL QUE SE APRUEBA EL EXPEDIENTE DE
ESTABLECIMIENTO DE SERVICIO PÚBLICO LOCAL DE CENTRO DE DÍA Y COMIDA A DOMICILIO O SERVICIO DE COMEDOR.
Habiéndose aprobado el expediente de establecimiento del servicio público local de centro de día y de comida a domicilio o
servicio de comedor, prestado directamente por el Ayuntamiento de Peñalsordo, en sesión plenaria de fecha 24 de junio de
2021, se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local:
"Considerando lo dispuesto en el informe de Secretaría, de fecha 22 de abril de 2021, teniendo en cuenta lo dispuesto en la
resolución del Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales , emitida con fecha 20 de abril de 2021,
por la que se concede autorización de funcionamiento por modificación de la capacidad y/o servicios del centro de
residencia de mayores de Peñalsordo, en la cual se autoriza para los siguientes servicios y capacidades máximas: "….servicio
de centro de día (personas mayores en situación de dependencia): 20 plazas, y servicio de comedor (20 plazas),
considerando que, anteriormente el servicio venía prestándose directamente por la empresa gestora del servicio de
residencia de mayores, teniendo en cuenta que ha sido visada la tarifa de precios , aprobada la correspondiente ordenanza
fiscal reguladora de los precios públicos, considerando que ya ha sido visado el modelo de contrato, el libro de registro de
usuarios y el Reglamento de régimen interno, por el SEPAD, considerando la memoria justificativa remitida por esta entidad,
y la demás documentación obrante en el expediente, el asunto es sometido a votación ordinaria, resultando de la misma
que se eleva dictamen favorable al Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los asistentes, para la aprobación del
acuerdo siguiente:
Primero.- Aprobar el establecimiento y la prestación por el Ayuntamiento de Peñalsordo, del servicio público
de centro de día y de comida a domicilio o servicio de comedor, de conformidad con el contenido de la
memoria justificativa, Ordenanza fiscal y el Reglamento aprobados.
Segundo.- Disponer que el servicio establecido se preste mediante gestión directa: Prestación por la propia
entidad local.
Tercero.- Notificar el presente acuerdo a las personas que resulten interesadas, con indicación de los recursos
pertinentes.
Cuarto.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento, para general conocimiento.
Quinto.- Facultar al Alcalde para la firma de todos los documentos necesarios para la consecución del
presente acuerdo."
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición
potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la
presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar
más conveniente a su derecho.
En Peñalsordo, a 14 de julio de 2021.- El Alcalde-Presidente, Juan Antonio Serrano Muñoz.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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