Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Orellana la Vieja. (03415/2021)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 2/2021
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Ayuntamiento de Orellana la Vieja

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Orellana la Vieja
Orellana la Vieja (Badajoz)
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Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 2/2021

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚMERO 2/2021
Habiendo sido aprobado inicialmente acuerdo de modificación presupuestaria en la modalidad de crédito extraordinario
financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones por el Excelentísimo Ayuntamiento Pleno, el día
31 de mayo de 2021 y, no habiéndose presentado alegaciones contra el mismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 169, apartado 1, por remisión del 177, apartado 2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, ha quedado automáticamente elevado a definitivo
el acuerdo plenario de aprobación inicial, cuyo tenor literal es el siguiente:
"Primero.- Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito número 2/2021 del presupuesto en
vigor en la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras
aplicaciones del presupuesto prorrogado de 2020, vigente, no comprometidas, sin que se vea perturbado el
respectivo servicio, de acuerdo con el siguiente resumen:
Altas en aplicaciones de gastos:

Aplicación

Descripción

Créditos
iniciales

Progr. Econ.
419

692

Renovación, acondicionamiento y
puesta en marcha de colector de
impulsión en bombeo

Modificaciones de
crédito

0,00 €

Total:

Créditos
finales

2.966,32 €

2.966,32 €

2.966,32 €

2.966,32 €

Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, en los
siguientes términos:
Bajas o anulaciones en concepto de gastos:

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Bajas o anulaciones

Créditos finales

Progr. Eco.
164

609

Nichos cementerio
Total bajas:

40.000,00 €

2.966,32 €

320,56 €

2.966,32 €

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b),
del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988,
de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a
ejercicios posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa finalidad
específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Segundo.- Cambiar la afectación del canon urbanístico que financiaba las inversiones consistente en nichos
cementerio a la inversión que se describe en la presente modificación de alta de partidas, con justificación en
que las obras se han ejecutado, de conformidad con lo establecido en el artículos 38 y 39 del Real Decreto
Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de suelo.
Tercero.- Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia,
por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones
ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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