Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aceuchal. (03299/2021)
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno del centro de día de Aceuchal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Aceuchal
Anuncio 3299/2021
relativas a las instalaciones/servicios, como a las relaciones entre usuarios, entre estos y el personal del
centro.
- Ser interlocutor entre el Ayuntamiento y las instituciones sociales, económicas y/o administrativas, como
representante del mismo.
- Convocar a la comisión de seguimiento, presidirla y ejecutar sus acuerdos.
Comisión de Seguimiento, composición:
- El Alcalde-Presidente de la Corporación o un Concejal en quien delegue, que actuará de Presidente.
- El coordinador del Centro de día, que actuará como Vocal.
- Un representantes de la entidad gestora, si lo hubiera, o de los trabajadores, en otro caso.
- Un Trabajador Social del Servicio Social de Atención Social Básica, como asesor.
- Un funcionario del Ayuntamiento, quien actuará en calidad de Secretario.
El número de miembros de esta Comisión será siempre impar.
La convocatoria la realizará el Presidente con una antelación mínima de 72 horas, señalando el orden del día, lugar y hora de
la reunión, debiéndose reunión una vez por semestre.
Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por mayoría simple, decidiendo en caso de empate el voto del Presidente.
Se levantará acta de las sesiones, en la que figurarán los asistentes a la reunión, desarrollo del orden del día y acuerdos
tomados.
La Comisión se reunirá, cuantas veces se considere necesario, a petición de alguno de los miembros, debiendo formular
este, la petición por escrito y dirigida al Presidente de la Comisión de seguimiento, haciendo referencia el tema a tratar.
Artículo 11. Sistema de participación de los usuarios.
El sistema de participación de los usuarios en los órganos de gestión se concreta mediante la elección de un representante
de entre la totalidad de los usuarios con capacidad cognitiva, que actuará de vocal en la comisión de seguimiento o de
representante del guardador en otro caso.
Artículo 12. Sugerencias y reclamaciones.
El sistema de recogida de sugerencias, canalización y resolución de quejas y reclamaciones, se llevará a cabo de forma
directa:
1. Mediante un buzón de sugerencias y quejas, que será atendido y puesto en conocimiento del responsable
del centro, quien resolverá, o dará tramite de la misma a la comisión de seguimiento.
2. Mediante las hojas de reclamaciones establecidas por el decreto 144/2006, de 25 de julio.
3. De forma verbal, excepcionalmente, en caso de dificultades del usuario para hacerlo por los medios
anteriores.
La resolución de las reclamaciones y el estudio de las sugerencias, se pondrá en conocimiento de las personas responsables,
así como de los usuarios afectados.
Cuando la queja afecte a más de un usuario o a la organización del centro, y la resolución de la misma requiera cierta
complejidad, será convocada la Comisión, que tendrá como orden del día la problemática planteada.
Artículo 13. Funcionamiento del centro.
a) El horario establecido es el siguiente: De 9:00 a 18:00 horas de lunes a viernes, todo el año, y con el plus de
cena incluida de 9:00 a 21:00 horas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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relativas a las instalaciones/servicios, como a las relaciones entre usuarios, entre estos y el personal del
centro.
- Ser interlocutor entre el Ayuntamiento y las instituciones sociales, económicas y/o administrativas, como
representante del mismo.
- Convocar a la comisión de seguimiento, presidirla y ejecutar sus acuerdos.
Comisión de Seguimiento, composición:
- El Alcalde-Presidente de la Corporación o un Concejal en quien delegue, que actuará de Presidente.
- El coordinador del Centro de día, que actuará como Vocal.
- Un representantes de la entidad gestora, si lo hubiera, o de los trabajadores, en otro caso.
- Un Trabajador Social del Servicio Social de Atención Social Básica, como asesor.
- Un funcionario del Ayuntamiento, quien actuará en calidad de Secretario.
El número de miembros de esta Comisión será siempre impar.
La convocatoria la realizará el Presidente con una antelación mínima de 72 horas, señalando el orden del día, lugar y hora de
la reunión, debiéndose reunión una vez por semestre.
Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por mayoría simple, decidiendo en caso de empate el voto del Presidente.
Se levantará acta de las sesiones, en la que figurarán los asistentes a la reunión, desarrollo del orden del día y acuerdos
tomados.
La Comisión se reunirá, cuantas veces se considere necesario, a petición de alguno de los miembros, debiendo formular
este, la petición por escrito y dirigida al Presidente de la Comisión de seguimiento, haciendo referencia el tema a tratar.
Artículo 11. Sistema de participación de los usuarios.
El sistema de participación de los usuarios en los órganos de gestión se concreta mediante la elección de un representante
de entre la totalidad de los usuarios con capacidad cognitiva, que actuará de vocal en la comisión de seguimiento o de
representante del guardador en otro caso.
Artículo 12. Sugerencias y reclamaciones.
El sistema de recogida de sugerencias, canalización y resolución de quejas y reclamaciones, se llevará a cabo de forma
directa:
1. Mediante un buzón de sugerencias y quejas, que será atendido y puesto en conocimiento del responsable
del centro, quien resolverá, o dará tramite de la misma a la comisión de seguimiento.
2. Mediante las hojas de reclamaciones establecidas por el decreto 144/2006, de 25 de julio.
3. De forma verbal, excepcionalmente, en caso de dificultades del usuario para hacerlo por los medios
anteriores.
La resolución de las reclamaciones y el estudio de las sugerencias, se pondrá en conocimiento de las personas responsables,
así como de los usuarios afectados.
Cuando la queja afecte a más de un usuario o a la organización del centro, y la resolución de la misma requiera cierta
complejidad, será convocada la Comisión, que tendrá como orden del día la problemática planteada.
Artículo 13. Funcionamiento del centro.
a) El horario establecido es el siguiente: De 9:00 a 18:00 horas de lunes a viernes, todo el año, y con el plus de
cena incluida de 9:00 a 21:00 horas.
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