Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. Recursos Humanos (Badajoz). (03315/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno

Anuncio 3315/2021

inclusión en el registro de tarjetas, con solicitud simultánea de emisión de la correspondiente tarjeta de
estacionamiento.
f. Si se detectase por parte de la Consejería con competencias en materia de transporte impedimento para la
concesión de la tarjeta de estacionamiento, y una vez que se haya remitido comunicación de dicho
impedimento al Ayuntamiento de Ribera del Fresno, este realizará las comprobaciones oportunas para
subsanar las posibles deficiencias o, en su caso denegar razonadamente la solicitud de la tarjeta.
g. Una vez recibida en el Ayuntamiento de Ribera del Fresno la tarjeta de estacionamiento con su
correspondiente número de registro, el Ayuntamiento cumplimentará y expedirá la tarjeta en plazo no
superior a diez días hábiles a contar desde su recepción, debiendo figurar en la tarjeta de estacionamiento
esta fecha de expedición, debiendo ser comunicada por el Ayuntamiento de Ribera del Fresno al registro para
su constancia y anotación.
h. Una vez concedida la tarjeta de estacionamiento el Ayuntamiento de Ribera del Fresno expedirá y
presentará la tarjeta de estacionamiento a su titular o su representante legal para su firma y, una vez
firmadas, será plastificada de forma gratuita por el Ayuntamiento y entregada a la persona interesada, junto
con sus condiciones de uso, las cuales podrán incorporarse a la resolución de concesión o extenderse en
documento independiente.
Artículo 10. Vigencia de la tarjeta de estacionamiento.
1. Las tarjetas de estacionamiento se concederán por periodos de cinco años.
2. En los supuestos de tarjetas de estacionamiento concedidas a personas con movilidad o agudeza visual reducida de
carácter transitorio, el plazo de vigencia estará supeditado a lo establecido en el dictamen emitido por CADEX o el
correspondiente órgano de la Consejería con competencias en materia de acción social, no pudiendo superar, en ningún
caso, el plazo de vigencia de 5 años.
3. La tarjeta de estacionamiento con carácter provisional tendrá una validez máxima de un año, prorrogable por un período
igual, siempre que se mantengan las condiciones iniciales requeridas para su otorgamiento.
Artículo 11. Renovación de la tarjeta de estacionamiento.
1. Transcurrido el plazo de vigencia de la tarjeta de estacionamiento, deberá renovarse por parte del titular de la misma. Se
podrá solicitar su renovación a partir de los tres meses previos a su fecha de caducidad. Para la renovación se seguirá el
proceso previsto en el artículo 9. En todo caso, para renovar la tarjeta de estacionamiento es imprescindible que el titular
mantenga los requisitos exigidos para su otorgamiento.
2. En los casos en los que tenga carácter definitivo el certificado emitido por el CADEX (certificado de movilidad reducida, o el
certificado de que muestre en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual
reducido a 10 grados o menos, así como que no se encuentre, por razones de salud u otras causas, imposibilitado para
efectuar desplazamientos fuera del hogar), el procedimiento administrativo para la renovación de la tarjeta se iniciará a
petición de la parte interesada sin necesidad de exigir un nuevo certificado, salvo en los casos en los que el Ayuntamiento de
Ribera del Fresno, motivada y expresamente, lo solicite.
3. En el caso de que el certificado emitido por el CADEX sea provisional, el procedimiento administrativo para la renovación
de la tarjeta se iniciará a petición de la parte interesada siendo necesario la presentación de un nuevo certificado emitido
por el CADEX.
4. En el caso de la tarjeta de estacionamiento provisional, el procedimiento administrativo para la renovación de la tarjeta se
iniciará a petición de la parte interesada siendo necesario la presentación de un nuevo certificado emitido por el personal
médico facultativo de los servicios públicos de salud.
5. Mientras dure el procedimiento de renovación, se prorrogará la validez de la tarjeta en trámite, siempre que la solicitud
de renovación se haya realizado dentro del plazo establecido.
El Ayuntamiento emitirá documento que certifique que la tarjeta se encuentra en proceso de renovación, el cual deberá ser
expuesto en el parabrisas delantero del vehículo junto a la tarjeta de estacionamiento caducada (anexo IV).
6. La expedición de la tarjeta de estacionamiento renovada requerirá la previa devolución de la tarjeta caducada.
Artículo 12. Expedición de duplicados.
1. La solicitud de duplicado se realizará mediante el impreso normalizado (anexos I, II o III), que se presentará, una vez
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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