Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Transformación Digital y Turismo (Badajoz). (03273/2021)
Extracto del acuerdo de 29 de junio de la Junta de Gobierno Local sobre subvenciones para el fomento del deporte
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Anuncio 3273/2021
los estatutos del club o asociación.
Los requisitos que deberán cumplir las asociaciones y clubes beneficiarios son los siguientes:
Que los clubes y/o asociaciones deportivas estén dadas de alta en el registro de entidades deportivas de la
Dirección General de Deportes de la Junta de Extremadura.
Que los clubes y/o asociaciones deportivas estén dadas de alta en el registro de entidades deportivas del
Excmo. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros.
Que la entidad esté federada en la correspondiente federación y tenga, al menos 5 deportistas federados,
absolutos, para la línea de subvención a clubes.
Que se trate de actividades deportivas de interés y de competencia local.
Que en su ejecución favorezca la formación, educación y la práctica dentro del ámbito deportivo.
Que la entidad solicitante de la subvención tenga asignación presupuestaria suficiente para llevar a cabo el
proyecto y/o actividad deportiva, lo que acreditará mediante certificación.
Que las actividades deportivas se ejecuten entre el día 1 de septiembre de 2021 y el 31 de diciembre de 2021
y que se justifiquen dentro de los plazos establecidos.
Las entidades que perciban subvención del Excmo. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, Concejalía de
Deportes, vendrán obligadas a colaborar con la misma en la organización de sus actividades, si son
requeridas para ello, así como exhibir en lugar visible del atuendo, vehículo o cualquier medio publicitario el
logotipo de la Concejalía de Deportes que figura en las bases de esta normativa.
3.- Período y gastos subvencionables.
1. Período subvencionable: Los gastos subvencionables comprenderán todos aquellos soportados en el
periodo comprendido para el inicio de la temporada 2021/2022, realizados entre el día 01/09/2021 y el
31/12/2021.
2. Gastos subvencionables: Los relacionados en la base séptima de la convocatoria.
4.- Cuantías máximas de la subvención.
El importe máximo de ayuda para los gastos correspondientes al inicio de la temporada deportiva 2021/2022, en el
desarrollo del programa de escuelas deportivas no superará el importe de 22.500,00 euros.
El importe máximo a percibir por cada beneficiario, no podrá superar en ningún caso los 4.000,00 euros correspondientes a
la ayuda para los gastos correspondientes al inicio de la temporada 2021/2022 en el desarrollo de los programas de
escuelas deportivas.
5.- Publicación de las bases y plazo de presentación de solicitudes.
Las bases completas se publicarán en el tablón de anuncios situado en las dependencias municipales y en el tablón de
edictos electrónico del Ayuntamiento y en su página web: www.villafrancadelosbarros.es.
Plazo de presentación: La presentación de solicitudes tendrá lugar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz por plazo de 1 mes.
6.- Forma y lugar de presentación.
La solicitud de la subvención y su justificación se realizará exclusivamente a través de medios electrónicos:
1. La solicitud de subvención se efectuará mediante el modelo normalizado anexo I.
2. Lugar de presentación: El anexo I de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con la documentación
justificativa requerida, será presentada de la siguiente manera:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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los estatutos del club o asociación.
Los requisitos que deberán cumplir las asociaciones y clubes beneficiarios son los siguientes:
Que los clubes y/o asociaciones deportivas estén dadas de alta en el registro de entidades deportivas de la
Dirección General de Deportes de la Junta de Extremadura.
Que los clubes y/o asociaciones deportivas estén dadas de alta en el registro de entidades deportivas del
Excmo. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros.
Que la entidad esté federada en la correspondiente federación y tenga, al menos 5 deportistas federados,
absolutos, para la línea de subvención a clubes.
Que se trate de actividades deportivas de interés y de competencia local.
Que en su ejecución favorezca la formación, educación y la práctica dentro del ámbito deportivo.
Que la entidad solicitante de la subvención tenga asignación presupuestaria suficiente para llevar a cabo el
proyecto y/o actividad deportiva, lo que acreditará mediante certificación.
Que las actividades deportivas se ejecuten entre el día 1 de septiembre de 2021 y el 31 de diciembre de 2021
y que se justifiquen dentro de los plazos establecidos.
Las entidades que perciban subvención del Excmo. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, Concejalía de
Deportes, vendrán obligadas a colaborar con la misma en la organización de sus actividades, si son
requeridas para ello, así como exhibir en lugar visible del atuendo, vehículo o cualquier medio publicitario el
logotipo de la Concejalía de Deportes que figura en las bases de esta normativa.
3.- Período y gastos subvencionables.
1. Período subvencionable: Los gastos subvencionables comprenderán todos aquellos soportados en el
periodo comprendido para el inicio de la temporada 2021/2022, realizados entre el día 01/09/2021 y el
31/12/2021.
2. Gastos subvencionables: Los relacionados en la base séptima de la convocatoria.
4.- Cuantías máximas de la subvención.
El importe máximo de ayuda para los gastos correspondientes al inicio de la temporada deportiva 2021/2022, en el
desarrollo del programa de escuelas deportivas no superará el importe de 22.500,00 euros.
El importe máximo a percibir por cada beneficiario, no podrá superar en ningún caso los 4.000,00 euros correspondientes a
la ayuda para los gastos correspondientes al inicio de la temporada 2021/2022 en el desarrollo de los programas de
escuelas deportivas.
5.- Publicación de las bases y plazo de presentación de solicitudes.
Las bases completas se publicarán en el tablón de anuncios situado en las dependencias municipales y en el tablón de
edictos electrónico del Ayuntamiento y en su página web: www.villafrancadelosbarros.es.
Plazo de presentación: La presentación de solicitudes tendrá lugar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz por plazo de 1 mes.
6.- Forma y lugar de presentación.
La solicitud de la subvención y su justificación se realizará exclusivamente a través de medios electrónicos:
1. La solicitud de subvención se efectuará mediante el modelo normalizado anexo I.
2. Lugar de presentación: El anexo I de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con la documentación
justificativa requerida, será presentada de la siguiente manera:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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