Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (03177/2021)
Aprobación definitiva de la modificación presupuestaria número 37/2021 aprobada en el Pleno de 28 de mayo de 2021
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Delegación de Economía y Hacienda
Anuncio 3177/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Delegación de Economía y Hacienda
Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto
Badajoz
Anuncio 3177/2021
Aprobación definitiva de la modificación presupuestaria número 37/2021 aprobada en el Pleno de 28 de mayo de 2021
De conformidad con lo establecido en el artículo 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y transcurrido el plazo de 15 días sin que se
hayan presentado reclamaciones, procede la aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria número
37/2021 de la entidad general, cuyo resumen es el siguiente:
MODIFICACIÓN N.º 37 TRANSFERENCIA
APLICACIONES QUE RECIBEN CRÉDITO
APLIC. PRESUP.
174/93400/35900/1700
DESCRIPCIÓN
IMPORTE
Otros gastos financieros
100.000,00€
Total
100.000,00€
APLICACIONES QUE CEDEN CRÉDITO
APLICAC. PRESUP.
174/01100/31000/1700
DESCRIPCIÓN
IMPORTE
Intereses de préstamos
100.000,00€
Total
100.000,00€
Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos oportunos, haciéndose saber a los interesados, que contra
el acuerdo de aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOP, de
conformidad con lo establecido por el artículo 179.4 en relación con los artículos 169.1 y 171 del Texto Refundido vigente de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en relación con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier
otro recurso que estimen oportuno.
En Badajoz, a 29 de junio de 2021.- El Presidente, P.D. Vicepresidenta Segunda, Diputada Delegada del Área de RRHH y
Régimen Interior, decreto 5/7/2019, BOP 8/7/2019, Virginia Borrallo Rubio.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Aprobación definitiva de la modificación presupuestaria número 37/2021 aprobada en el Pleno de 28 de mayo de 2021
De conformidad con lo establecido en el artículo 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y transcurrido el plazo de 15 días sin que se
hayan presentado reclamaciones, procede la aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria número
37/2021 de la entidad general, cuyo resumen es el siguiente:
MODIFICACIÓN N.º 37 TRANSFERENCIA
APLICACIONES QUE RECIBEN CRÉDITO
APLIC. PRESUP.
174/93400/35900/1700
DESCRIPCIÓN
IMPORTE
Otros gastos financieros
100.000,00€
Total
100.000,00€
APLICACIONES QUE CEDEN CRÉDITO
APLICAC. PRESUP.
174/01100/31000/1700
DESCRIPCIÓN
IMPORTE
Intereses de préstamos
100.000,00€
Total
100.000,00€
Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos oportunos, haciéndose saber a los interesados, que contra
el acuerdo de aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOP, de
conformidad con lo establecido por el artículo 179.4 en relación con los artículos 169.1 y 171 del Texto Refundido vigente de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en relación con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier
otro recurso que estimen oportuno.
En Badajoz, a 29 de junio de 2021.- El Presidente, P.D. Vicepresidenta Segunda, Diputada Delegada del Área de RRHH y
Régimen Interior, decreto 5/7/2019, BOP 8/7/2019, Virginia Borrallo Rubio.
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