Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02984/2021)
Bases de la convocatoria para el acceso por concurso-oposición de tres plazas de Auxiliares Administrativos acogidas al proceso de estabilización (OEP 2019)
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

Anuncio 2984/2021

Se justificará adjuntando a la solicitud, vida laboral actualizada emitida por la Tesorería General de la
Seguridad Social junto con las copias de contratos, certificados de empresas o certificados de servicios
prestados que acrediten la prestación de servicios y contrataciones como Auxiliar Administrativo en la
Administración Local, que se desea sean valorados en esta fase.
Fase de oposición consistirá en superar las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar a un test de 50 preguntas de respuestas alternativas, relativo al
contenido de los temas del anexo I de las presentes bases, de las cuáles existirá una sola correcta.
Los cuestionarios que se propongan contendrán cinco preguntas adicionales que sustituirán por su orden
correlativo a aquellas que, en su caso, sean objeto de anulación. Este test se valorará con una puntuación de 0
a 10, siendo imprescindible obtener una puntuación de cinco para realizar el siguiente ejercicio. Se concede la
potestad al Tribunal para decidir, la duración del ejercicio y la forma de puntuación, especialmente la
posibilidad de puntuar negativamente las respuestas erróneas.
Una vez finalizado el ejercicio, se abre un plazo de cinco días hábiles para cualquier reclamación respecto a las
preguntas planteadas y plantilla de respuestas correctas facilitada. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal
procederá a valorar la prueba teórica, publicando el resultado de la misma.
Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto practico, asistido o nó por ordenador a criterio
del órgano de selección, en los que el aspirante deberá acreditar el conocimiento y las habilidades propias del
puesto de trabajo ofertado y en concreto el manejo de las utilidades de un procesador de texto en sistema
operativo Windows y que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes, de
entre las materias relacionadas en el anexo I. Este ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 10.
OCTAVA.- CALIFICACIÓN DE LAS PRUEBAS Y RELACIÓN DE APROBADOS/AS.
Calificación de las pruebas: Todas las pruebas tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para realizar una prueba
haber superado la anterior. Todos los ejercicios de la fase de oposición serán calificados por el Tribunal hasta un máximo de
10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.
Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el
total por el número de asistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definitiva.
Calificación definitiva: Será la suma aritmética total de la puntuación obtenida en el apartado de concurso y las calificaciones
obtenidas en el apartado de oposición por cada aspirante aprobado. Así se determinara el orden de clasificación definitiva.
En caso de empate, se dará prioridad a la calificación obtenida en el supuesto práctico. De persistir el empate, el Tribunal
tendrá potestad para realizar otro Supuesto Práctico.
Relación de aprobados: Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará por orden de puntuación, un
anuncio que contendrá los aspirantes aprobados y los que resultan seleccionados y elevará dicha relación al Sr. AlcaldePresidente formulando la propuesta de nombramiento. Serán seleccionados los aspirantes que hayan obtenido las tres
mejores puntuaciones, sin que pueda superar el número de seleccionados el de los puestos objeto de esta convocatoria que
son tres.
El resultado se expondrá en el Tablón del Portal del Ciudadano de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Villafranca de los
Barros y en el tablón de anuncios del departamento de personal, abriéndose un plazo de cinco días hábiles, en el transcurso
de los cuales se podrán formalizar las reclamaciones que se estimen pertinentes por los aspirantes.
Una vez resueltas por el Tribunal de Selección las reclamaciones que hubiesen sido presentadas el Tribunal levantara nuevo
acta, donde quedaran atendidas dichas reclamaciones, en caso de que las hubiere. Procediéndose a su publicación de la
misma forma señalada más arriba.
NOVENA.- DOCUMENTACION A PRESENTAR POR LOS ASPIRANTES SELECCIONADOS.
Los aspirantes propuestos para su nombramiento estarán obligados a presentar, en el Registro General de la Corporación,
dentro del plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados, todos los
documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria y además:
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna
de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Certificado médico de no padecer enfermedad, defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de las
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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