Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Bienestar Social (Badajoz). (02972/2021)
Bases con convocatoria reguladoras de subvenciones a municipios y entidades locales menores, así como selección de entidades colaboradoras que participarán en la gestión del desarrollo del programa Bono de Emergencia Social y Comercio Local 2021
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Delegación de Bienestar Social
Anuncio 2972/2021
Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz.- Palacio.
_________________
ANEXO IX
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ POR LA QUE SE REGULA EL
PROGRAMA DE BONO DE EMERGENCIA SOCIAL Y COMERCIO LOCAL (DIPUTACIÓN SOCIAL) EJERCICIO ECONÓMICO 2021.
INDICADORES DE RESULTADO Y ACTIVIDAD DE LA CONVOCATORIA
Don/doña________________________________, con DNI__________________________, en calidad de Presidente/a y en representación
de la entidad____________________________, en cumplimiento de lo establecido en las bases de la convocatoria que regulan la
concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a municipios y entidades locales menores de la provincia
de Badajoz para el proyecto Bono de Emergencia Social y Comercio Local (Diputación Social), ejercicio económico 2021.
Relaciona a continuación sus indicadores de resultado y actividad.
DESTINATARIOS FINALES
Número de familias atendidas:
Monoparentales:
Edad
< 18 años
>18 años<65 años
Total destinatarios
>65 años
Numerosas:
Hombres:
Mujeres:
Y para que conste, a los efectos que procedan, firmo la presente declaración.
En_________________, a________ de______________________ de 2021
El Alcalde/sa-Presidente/a,
Fdo.:_________________________
Todo lo anterior se hace público para conocimiento y efectos oportunos, indicando que contra la presente resolución, que
pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de
Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial
de la Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, todo ello de conformidad con
lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
Badajoz, 21 de junio de 2021.- El Secretario General, José María Cumbres Jiménez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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ANEXO IX
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ POR LA QUE SE REGULA EL
PROGRAMA DE BONO DE EMERGENCIA SOCIAL Y COMERCIO LOCAL (DIPUTACIÓN SOCIAL) EJERCICIO ECONÓMICO 2021.
INDICADORES DE RESULTADO Y ACTIVIDAD DE LA CONVOCATORIA
Don/doña________________________________, con DNI__________________________, en calidad de Presidente/a y en representación
de la entidad____________________________, en cumplimiento de lo establecido en las bases de la convocatoria que regulan la
concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a municipios y entidades locales menores de la provincia
de Badajoz para el proyecto Bono de Emergencia Social y Comercio Local (Diputación Social), ejercicio económico 2021.
Relaciona a continuación sus indicadores de resultado y actividad.
DESTINATARIOS FINALES
Número de familias atendidas:
Monoparentales:
Edad
< 18 años
>18 años<65 años
Total destinatarios
>65 años
Numerosas:
Hombres:
Mujeres:
Y para que conste, a los efectos que procedan, firmo la presente declaración.
En_________________, a________ de______________________ de 2021
El Alcalde/sa-Presidente/a,
Fdo.:_________________________
Todo lo anterior se hace público para conocimiento y efectos oportunos, indicando que contra la presente resolución, que
pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de
Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial
de la Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, todo ello de conformidad con
lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
Badajoz, 21 de junio de 2021.- El Secretario General, José María Cumbres Jiménez.
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