Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Táliga. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (02964/2021)
Aprobación definitiva del Plan Periurbano de Prevención de Incendios Forestales
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Ayuntamiento de Táliga
Anuncio 2964/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Táliga
Táliga (Badajoz)
Anuncio 2964/2021
Aprobación definitiva del Plan Periurbano de Prevención de Incendios Forestales
APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público durante los treinta días desde la
publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 82, de fecha 4 de mayo de 2021, queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario del 29 de abril de 2021 de aprobación inicial del Plan Periurbano
de Prevención de Incendios Forestales, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
«Al amparo de lo establecido en el Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios
Forestales en Extremadura y en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno, a
propuesta de la Alcaldía, con el voto favorable unánime, adoptó, entre otros, el siguiente
ACUERDO:
Primero. Prestar conformidad al Plan Periurbano de Prevención de Incendios Forestales del municipio de
Garlitos aprobado por la Dirección General de Medio Ambiente en todos sus términos y condiciones.
Segundo. Asumir el compromiso de realización de los trabajos y actuaciones en materia de prevención que
conlleva dicho Plan, facultando tan ampliamente como en derecho sea posible al señor Alcalde para llevar a
término su ejecución.
Tercero. Abrir un período de exposición pública mediante anuncio publicado en el BOP de Badajoz y en el
tablón de anuncios municipal, por un período de 30 días hábiles, a los efectos de que los interesados puedan
presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen convenientes.»
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Táliga, 21 de junio de 2021.- El Alcalde, David Fernández Fernández.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público durante los treinta días desde la
publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 82, de fecha 4 de mayo de 2021, queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario del 29 de abril de 2021 de aprobación inicial del Plan Periurbano
de Prevención de Incendios Forestales, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
«Al amparo de lo establecido en el Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios
Forestales en Extremadura y en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno, a
propuesta de la Alcaldía, con el voto favorable unánime, adoptó, entre otros, el siguiente
ACUERDO:
Primero. Prestar conformidad al Plan Periurbano de Prevención de Incendios Forestales del municipio de
Garlitos aprobado por la Dirección General de Medio Ambiente en todos sus términos y condiciones.
Segundo. Asumir el compromiso de realización de los trabajos y actuaciones en materia de prevención que
conlleva dicho Plan, facultando tan ampliamente como en derecho sea posible al señor Alcalde para llevar a
término su ejecución.
Tercero. Abrir un período de exposición pública mediante anuncio publicado en el BOP de Badajoz y en el
tablón de anuncios municipal, por un período de 30 días hábiles, a los efectos de que los interesados puedan
presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen convenientes.»
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Táliga, 21 de junio de 2021.- El Alcalde, David Fernández Fernández.
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www.dip-badajoz.es/bop
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