Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (02949/2021)
Extracto de la resolución de 4 de junio de 2021, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Badajoz, por la que se convoca el 2.º Premio de Música Ciudad de Badajoz, con el patrocinio de la Diputación de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Badajoz
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Extracto de la resolución de 4 de junio de 2021, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Badajoz, por la que se
convoca el 2.º Premio de Música Ciudad de Badajoz, con el patrocinio de la Diputación de Badajoz

Extracto de resolución de 4 de junio de 2021, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Badajoz, por la que se
convoca el 2.º Premio de Música Ciudad de Badajoz, con el patrocinio de la Diputación de Badajoz
BDNS (Identif.): 571.062
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/571062).
Primero. Beneficiarios:
Podrán participar en el 2.º Premio de Música Ciudad de Badajoz todos los compositores que lo deseen mayores de edad,
independientemente de su nacionalidad o lugar de residencia. Cada compositor solo podrá presentar un único trabajo.
Segundo. Objeto:
El objeto es convocar un concurso de composición musical con el fin de fomentar la cultura musical en general y de banda
en particular en el municipio, ampliar su patrimonio musical, facilitar a los compositores la posibilidad de que su música
pueda ser interpretada, escuchada y difundida y plasmar a través de la música una visión de la ciudad, así como, difundir el
nombre de Badajoz por toda la geografía española.
Tercero. Bases reguladoras:
Ordenanza general de subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, publicada en el BOP, número 21 de fecha 2 de
febrero de 2009.
Cuarto. Requisitos de los trabajos:
Las composiciones deberán reunir los siguientes requisitos:
Deberán ser originales e inéditas, entendiéndose como tales, aquellas que sean de nueva creación, que no sean copia,
modificación o versión de otra u otras existentes. El Ayuntamiento de Badajoz se exime de cualquier responsabilidad
derivada del plagio o de cualquier otra transgresión de la legislación vigente en materia de propiedad intelectual en España,
en la que pudieran incurrir los concursantes con sus obras.
Las composiciones deberán plasmar una visión o imagen musical concreta siendo el tema sobre el que versará la
composición "Eurociudad: Badajoz, Elvas y Campo Maior".
No podrán haber sido fruto de un encargo remunerado ni premiada en algún otro concurso, ni haber sido interpretada
anteriormente en concierto o acto público, ni siquiera alguna de sus partes (si las tuviese), ni con el título actual ni con
cualquier otro, ni retransmitida por cualquier medio de difusión. Si una vez presentado la obra a concurso, se produjera
cualquier cambio respecto al carácter inédito, así como esta obtuviese algún premio en las fechas anteriores al fallo, el autor
deberá comunicarlo obligatoriamente a la organización de este premio y su composición estará excluida automáticamente.
La forma de la obra será en un único movimiento, entre 8 minutos como mínimo y 15 minutos como máximo. Las obras que
no tengan la duración estipulada serán descalificadas.
Deberán ser sin instrumento solista y con arreglo al modelo de plantilla que se detalla en el documento adjunto a esta
convocatoria como anexo II, que corresponden con la plantilla de la Banda Municipal de Música de Badajoz. De no hacerlo
así, podrá ser motivo de descalificación de la obra.
La dificultad será media-alta y también se valorará que el lenguaje estilístico esté en el ámbito del utilizado mayormente en
la creación para banda de música.
En caso de que la obra presentada incorpore fragmentos musicales o textos de titularidad distinta a la del autor de la misma
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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