Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monesterio. Delegación de Hacienda (Mérida). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (02838/2021)
Extracto de las bases y convocatoria de concesión de ayudas y subvenciones del plan municipal para el impulso empresarial y comercial 2021
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Ayuntamiento de Monesterio

Anuncio 2838/2021

3. Ayuda equivalente al 100% de los tributos municipales por la construcción de naves en el polígono industrial El Alcornocal,
con un máximo de 3.000,00 euros, cuando el hecho imponible se haya producido en el ejercicio 2021.
B.- Tasas y precios municipales:
Serán únicamente subvencionables:
Hasta el noventa por ciento (90%) del importe de la tasa por el otorgamiento de las licencias de apertura de
establecimientos o realización de las actividades administrativas de control en los supuestos en los que la exigencia de
licencia fuera sustituida por la presentación de declaración responsable o comunicación previa.
El precio público por la prestación del servicio de difusión de mensajes publicitarios desde medios de titularidad municipal,
de 2 cuñas diarias durante un máximo de dos meses en el ejercicio 2021. En las siguientes cuantías:
90% para las personas físicas/jurídicas que inicien una actividad económica, empresarial o profesional, antes del 30 de
septiembre de 2021.
50% para las personas físicas/jurídicas que continúen desarrollando una actividad económica, empresarial o profesional,
iniciada antes del 1 de enero de 2021.
El noventa por ciento (90%) del importe de la tasa por la prestación del servicio de vertidos de la construcción y demolición
resultantes de obras, que tengan la calificación legal de obras menores.
El cien por cien (100%) del importe de la tasa por ocupación de terrenos de dominio público local para la instalación de
terrazas de sillas, veladores y otros elementos análogos, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2021.
C.- Accesibilidad:
Serán actuaciones subvencionables aquellas actuaciones ejecutadas entre el 1 de enero y el 30 de septiembre del corriente,
que se refieran a:
1.º.- Establecimientos comerciales:
Medios alternativos a la escalera.
Escaparates.
Mostrador.
2.º.- Establecimientos de restauración:
Medios alternativos a la escalera.
Barra accesible.
La ejecución de obras en el interior de los locales para mejora de accesibilidad en los aspectos y referidos a la instalación de
ascensores y aparatos elevadores especiales (plataformas verticales, plataformas salva escaleras, sillas salva escaleras).
El importe a subvencionar por el Ayuntamiento de Monesterio será del 50% del presupuesto de ejecución material, por cada
tipo de establecimiento, con un límite máximo de subvención a conceder de 1.000,00 €.
D.- Embellecimiento, ornato y conservacion inmuebles.
El importe máximo a subvencionar será del 25% del presupuesto de ejecución material, con un límite máximo de 500,00
euros por actuación y beneficiario. Las actuaciones subvencionables son:
- Mantenimiento ordinario de fachadas.
- Cerramiento/vallado de solares no edificados, existentes en suelo urbano.
- Demolición casas en ruina, cerramiento, acondicionamiento de medianeras que queden al descubierto y recogida de aguas
del interior del solar resultante.
TERCERO.- BASES REGULADORAS.
Las publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, número 81 de 3 de mayo de 2021.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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