Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Patrimonio y Mercado Gastronómico (Badajoz). (02866/2021)
Aprobación definitiva de desafectación de "línea subterránea de distribución en baja tensión aneja a la Construcción Nave de Brigadas de Carreteras y Promedio Zona Este en Herrera del Duque", y alteración de su calificación jurídica
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Área de Patrimonio y Mercado Gastronómico

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Patrimonio y Mercado Gastronómico
Badajoz
Anuncio 2866/2021
Aprobación definitiva de desafectación de "línea subterránea de distribución en baja tensión aneja a la Construcción Nave
de Brigadas de Carreteras y Promedio Zona Este en Herrera del Duque", y alteración de su calificación jurídica

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA DESAFECTACIÓN DEL BIEN INMUEBLE DENOMINADO "LÍNEA SUBTERRÁNEA DE
DISTRIBUCIÓN EN BAJA TENSIÓN ANEJA A LA CONSTRUCCIÓN NAVE DE BRIGADAS DE CARRETERAS Y PROMEDIO ZONA ESTE
EN HERRERA DEL DUQUE", INCLUIDO EN EL INVENTARIO DE BIENES Y DERECHOS DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE BADAJOZ
CON NÚMERO 127.732, Y ALTERACIÓN DE SU CALIFICACIÓN JURÍDICA DE BIEN DE DOMINIO PÚBLICO A PATRIMONIAL
En sesión ordinaria plenaria de 30 de abril de 2021, la Corporación aprobó con carácter inicial la desafectación del bien
inmueble citado y la alteración de su calificación jurídica de bien de dominio público a patrimonial.
De conformidad con el apartado 2 del artículo 8 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales en relación con el 83 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas exige acordar un
período de información pública durante un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del citado anuncio.
Transcurrido el plazo señalado, no habiéndose presentado reclamaciones ni alegaciones, se considera aprobado
definitivamente dicho acuerdo, hasta entonces provisional.
Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos oportunos, haciéndose saber a los interesados, que contra
el acuerdo de aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOP, de
conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen
oportuno.
En Badajoz, a 16 de junio de 2021.- El Presidente de la Corporación Provincial, P.D. el Diputado-Delegado de Contratación y
Fondos Europeos, Andrés Hernáiz de Sixte.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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