Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (02788/2021)
Resolución del 10 de junio de 2021 por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos, así como sus propietarios afectados por la obra denominada "Construcción de EDAR y sustitución de emisario en Lácara", T.M. de Montijo
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Área de Fomento

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Fomento
Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos
Badajoz
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Resolución del 10 de junio de 2021 por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos, así como
sus propietarios afectados por la obra denominada "Construcción de EDAR y sustitución de emisario en Lácara", T.M. de
Montijo

DECRETO, DE LA VICEPRESIDENTA SEGUNDA Y DIPUTADA DELEGADA DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS Y RÉGIMEN
INTERIOR, POR LA QUE SE SOMETE A INFORMACIÓN PÚBLICA LA RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS, Y PROPIETARIOS
AFECTADOS POR LAS OBRAS DENOMINADA "CONSTRUCCIÓN DE EDAR Y SUSTITUCIÓN DE EMISARIO EN LÁCARA", TÉRMINO
MUNICIPAL MONTIJO, EN LA PROVINCIA DE BADAJOZ PERTENECIENTE AL PLAN DEPURA I (2020-2023)
Con fecha de 15 de noviembre de 2019, se firma entre la Junta de Extremadura y Diputación Provincial de Badajoz un
protocolo general de actuación en materia de saneamiento básico, para la actuación en la mejora y dotación de estaciones
de depuración de aguas residuales —EDAR—, en el marco del Plan Estratégico Plurianual de Infraestructuras del Agua e
Infraestructuras Hidráulicas (2016-2030) que forma parte del Plan Estratégico Plurianual de Infraestructuras de Extremadura
(2016-2030) y por el que se pretende, a través de distintas actuaciones, la plena depuración de las aguas residuales en la
región.
La Diputación Provincial de Badajoz, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de
Bases de Régimen Local, es competente en materia de "… asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los
municipios, especialmente a los de menor capacidad económica y de gestión". Dicho precepto en su apartado 1.c) atribuye,
por su parte, a la Diputación Provincial como competencia propia la coordinación de la prestación de servicios municipales, y
en particular asumirá la prestación de los servicios de tratamiento de residuos en los municipios de menos de 5.000
habitantes.
Asimismo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 36.2 b) de la Ley 7/85, las diputaciones deben asegurar el acceso de la
población de la provincia al conjunto de los servicios mínimos de competencia municipal y la mayor eficacia y economía en
la prestación de estos mediante cualesquiera fórmulas de asistencia y cooperación municipal.
Con esta finalidad, las diputaciones o entidades equivalentes podrán otorgar subvenciones y ayudas con cargo a sus
recursos propios para la realización y el mantenimiento de obras y servicios municipales, que se instrumentarán a través de
planes especiales u otros instrumentos específicos.
En virtud de lo anteriormente expuesto, la Diputación Provincial de Badajoz aprobó, en pleno celebrado el 8 de mayo de
2020, el plan de infraestructuras denominado "Plan Depura I (2020-2023) para la puesta en marcha, ejecución,
funcionamiento y explotación de sistemas de depuración de aguas residuales en la provincia de Badajoz", a desarrollar
durante cuatro anualidades en municipios de la demarcación pacense, para la ejecución de veinte instalaciones de
depuración y la redacción de ocho proyectos más, en cumplimiento con las directivas y normativas europeas y estatales en
la materia.
En concreto, el Plan Depura I (2020-2023) tiene por objeto acometer las infraestructuras necesarias para la implantación de
sistemas e instalaciones de depuración en los municipios con población inferior a 1.000 habitantes y menor capacidad
económica, que actualmente carecen de un tratamiento apropiado en las que se encuentra incluida la construcción de la
EDAR y emisario de Lácara (Montijo).
Con fecha 17 de septiembre de 2020 se recibe escrito del Ayuntamiento de Montijo para que Diputación de Badajoz se haga
cargo del expediente de expropiación forzosa necesario para la ejecución de la obra denominada "Proyecto de construcción
de la EDAR y emisario de Lácara (Montijo)", cuyo proyecto técnico ha sido aprobado en fecha 26 de abril de 2021, siendo
necesario para su ejecución la expropiación de los bienes y/o derechos que se relacionan en el correspondiente anexo.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 94 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se
aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en concordancia con el
artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa, la utilidad pública se entiende implícita, en relación con la expropiación de
inmuebles, en todos los planes de obras y servicios de la provincia.
Por otra parte, visto el informe técnico que acredita la utilidad pública y la urgencia de la ejecución de la obra proyectada y
una vez realizados los trámites pertinentes, se solicitará por esta Corporación, a la Junta de Extremadura, de acuerdo con lo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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