Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villarta de los Montes. Fundación Villanueva XXI (Villanueva de la Serena). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (02778/2021)
Aprobación definitiva de la derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aprovechamiento especial o utilización privativa del dominio público local por empresas transportadoras y distribuidoras de energía eléctrica
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Ayuntamiento de Villarta de los Montes

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villarta de los Montes
Villarta de los Montes (Badajoz)
Anuncio 2778/2021
Aprobación definitiva de la derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aprovechamiento especial o
utilización privativa del dominio público local por empresas transportadoras y distribuidoras de energía eléctrica

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA DEROGACIÓN DE LA ORDENANAZA REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO
ESPECIAL O UTILIZACIÓN PRIVATIVA DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR EMPRESAS TRANSPORTADORAS Y DISTRIBUIDORAS
DE NERGÍA ELÉCTRICA.
Por el Pleno de esta Corporación, en su sesión del día 30 de abril de 2021, se aprobó inicialmente el expediente de
derogación de la Ordenanza reguladora de la tasa por aprovechamiento especial o utilización privativa del dominio público
local por empresas transportadoras y distribuidoras de energía eléctrica, publicada el 6 de mayo de 2021, en el BOP n.º 84,
sometiéndose el expediente a información pública durante el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, sin que durante el citado plazo se
haya presentado reclamación alguna, por lo que el acuerdo de aprobación provisional ha quedado elevado a definitivo de
conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales,
aprobado, por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Villarta de los Montes, a 10 de junio de 2021.- El Alcalde, Antonio Chaves Talán.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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