Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Delegación de Igualdad y Juventud. Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (02773/2021)
Bases de la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sociales sin ánimo de lucro para el año 2021
22 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 2773/2021
a) Copia del cheque emitido a nombre del proveedor que emite la factura.
b) Resguardo, extracto de movimientos o certificado de la entidad bancaria.
▪ Pago en efectivo.
Se permitirá hasta el límite que establece el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre (2.500,00 euros). Se
justificará apareciendo en la factura o recibo pagado en efectivo lo siguiente:
- Término "Recibí en efectivo" o similar.
- Datos identificativos del cobrador: DNI/NIF, firma y sello.
- Fecha del pago.
En el anexo XIV de estas bases se incluye un modelo de justificación de pago en efectivo que puede utilizarse
por el beneficiario de la subvención.
▪ Pago con tarjeta bancaria de débito.
Se justifica mediante el resguardo del pago realizado con la tarjeta. No se aceptarán pagos realizados
mediante tarjetas que no estén a nombre de la entidad, lo cual deberá acreditarse documentalmente.
▪ Otros justificantes de pago.
El pago de los gastos de Seguridad Social se justifica con el recibo de liquidación de cotizaciones (equivalente
al TC1). Cuando se paga por ventanilla, la entidad le pondrá el sello de caja y/o la certificación mecánica, en
cualquiera de los dos casos esto permite comprobar la fecha del pago. Si el recibo de liquidación de
cotizaciones no llevara ni sello de caja ni certificación mecánica, por ejemplo porque se pague mediante
domiciliación bancaria, deberá adjuntarse al recibo el comprobante bancario que acredite el pago.
El ingreso de las retenciones del IRPF se justifica con el modelo 111. Al igual que el anterior deberá ir con sello
de caja o certificación mecánica si se paga por ventanilla. Si no tuviera ni sello ni certificación mecánica,
deberá adjuntarse el comprobante bancario que acredite el ingreso.
En el caso de que un pago corresponda a varias, factura original o fotocopia compulsada del resguardo de la
transferencia, debiendo figurar en el concepto de pago, los números de factura o fotocopia compulsada del
extracto bancario del cargo en cuenta correspondiente a la operación justificada.
Con respecto a los gastos de personal vinculados laboralmente a la entidad, se incluirán los derivados del
pago de retribuciones vinculados a la actividad subvencionada. Como documentación acreditativa se
adjuntará copia del contrato laboral y la comunicación al Servicio Público de Empleo, deberán adjuntarse los
recibos de nóminas, así como el comprobante de dicho abono expedido por la entidad bancaria. Deberán
adjuntarse los boletines acreditativos de cotización a la Seguridad Social (TC1 y TC2).
Para el resto de personal se adjuntarán las liquidaciones que procedan con las retenciones que
correspondan, acreditando el pago de las mismas.
Asimismo podrán justificarse con cargo a la subvención, los gastos derivados de las pólizas de seguros de accidente y
enfermedad y de responsabilidad civil suscritos a favor del personal voluntario que participe en los programas
subvencionados.
Solamente serán imputables a la subvención los gastos correspondientes al personal voluntario que acredite los requisitos
establecidos en los puntos 4 y 5 del artículo 8 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, del Voluntariado.
Para su aceptación, cada uno de los documentos justificativos aportados deberá contener un sello de la entidad beneficiaria
en el que conste la imputación de dichos justificantes a la correspondiente subvención. El contenido mínimo del sello será el
siguiente: Nombre de la entidad subvencionada, bases que la regulan, cuantía imputada.
Cuando se aprecien defectos subsanables en la justificación presentada por la entidad beneficiaria se pondrá en su
conocimiento, concediéndole un plazo de 10 días para su corrección, de acuerdo con el artículo 71.2 del RGS.
13. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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a) Copia del cheque emitido a nombre del proveedor que emite la factura.
b) Resguardo, extracto de movimientos o certificado de la entidad bancaria.
▪ Pago en efectivo.
Se permitirá hasta el límite que establece el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre (2.500,00 euros). Se
justificará apareciendo en la factura o recibo pagado en efectivo lo siguiente:
- Término "Recibí en efectivo" o similar.
- Datos identificativos del cobrador: DNI/NIF, firma y sello.
- Fecha del pago.
En el anexo XIV de estas bases se incluye un modelo de justificación de pago en efectivo que puede utilizarse
por el beneficiario de la subvención.
▪ Pago con tarjeta bancaria de débito.
Se justifica mediante el resguardo del pago realizado con la tarjeta. No se aceptarán pagos realizados
mediante tarjetas que no estén a nombre de la entidad, lo cual deberá acreditarse documentalmente.
▪ Otros justificantes de pago.
El pago de los gastos de Seguridad Social se justifica con el recibo de liquidación de cotizaciones (equivalente
al TC1). Cuando se paga por ventanilla, la entidad le pondrá el sello de caja y/o la certificación mecánica, en
cualquiera de los dos casos esto permite comprobar la fecha del pago. Si el recibo de liquidación de
cotizaciones no llevara ni sello de caja ni certificación mecánica, por ejemplo porque se pague mediante
domiciliación bancaria, deberá adjuntarse al recibo el comprobante bancario que acredite el pago.
El ingreso de las retenciones del IRPF se justifica con el modelo 111. Al igual que el anterior deberá ir con sello
de caja o certificación mecánica si se paga por ventanilla. Si no tuviera ni sello ni certificación mecánica,
deberá adjuntarse el comprobante bancario que acredite el ingreso.
En el caso de que un pago corresponda a varias, factura original o fotocopia compulsada del resguardo de la
transferencia, debiendo figurar en el concepto de pago, los números de factura o fotocopia compulsada del
extracto bancario del cargo en cuenta correspondiente a la operación justificada.
Con respecto a los gastos de personal vinculados laboralmente a la entidad, se incluirán los derivados del
pago de retribuciones vinculados a la actividad subvencionada. Como documentación acreditativa se
adjuntará copia del contrato laboral y la comunicación al Servicio Público de Empleo, deberán adjuntarse los
recibos de nóminas, así como el comprobante de dicho abono expedido por la entidad bancaria. Deberán
adjuntarse los boletines acreditativos de cotización a la Seguridad Social (TC1 y TC2).
Para el resto de personal se adjuntarán las liquidaciones que procedan con las retenciones que
correspondan, acreditando el pago de las mismas.
Asimismo podrán justificarse con cargo a la subvención, los gastos derivados de las pólizas de seguros de accidente y
enfermedad y de responsabilidad civil suscritos a favor del personal voluntario que participe en los programas
subvencionados.
Solamente serán imputables a la subvención los gastos correspondientes al personal voluntario que acredite los requisitos
establecidos en los puntos 4 y 5 del artículo 8 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, del Voluntariado.
Para su aceptación, cada uno de los documentos justificativos aportados deberá contener un sello de la entidad beneficiaria
en el que conste la imputación de dichos justificantes a la correspondiente subvención. El contenido mínimo del sello será el
siguiente: Nombre de la entidad subvencionada, bases que la regulan, cuantía imputada.
Cuando se aprecien defectos subsanables en la justificación presentada por la entidad beneficiaria se pondrá en su
conocimiento, concediéndole un plazo de 10 días para su corrección, de acuerdo con el artículo 71.2 del RGS.
13. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS.
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