Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llera. Delegación de Igualdad y Juventud. Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (02774/2021)
Bases de la convocatoria que regirán el procedimiento para acceder a las ayudas para suministros mínimos vitales
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Ayuntamiento de Llera

Anuncio 2774/2021

facturado relativo al suministro, salvo el alcantarillado y la basura aunque dichos conceptos estuvieran
incluidos en la facturación del suministro de agua potable.
c) Gastos de alta y reconexión en caso de interrupción por impago del suministro de energía eléctrica, gas
natural, gas propano y agua potable.
d) Gas butano.
Por tanto, cubre la totalidad de los conceptos facturados relativos al suministro y ello con independencia de
su importe total y de la fecha de emisión de la factura.
No obstante, no pueden sufragarse facturas que hayan sido abonadas en su totalidad con otros fondos,
propios o de terceros, con carácter previo o posterior a la concesión de la ayuda para suministros mínimos
vitales.
2. Cuantía máxima. Salvo que la unidad de convivencia solicite una cuantía inferior, las cuantías máximas
anuales de la ayuda por todos los conceptos serán las siguientes:

NÚMERO DE MIEMBROS

CUANTÍA DE LA AYUDA

Hasta 2 miembros

700,00 €

Entre 3 y 4 miembros

800,00 €

5 o más miembros

900,00 €

En caso de que se presenten varias solicitudes en la misma anualidad, no podrá concederse en el mismo año a la unidad de
convivencia, con cargo a estas ayudas, un importe superior al límite establecido en el apartado anterior para cada unidad de
convivencia.
4.- Solicitudes y documentación.
4.1.- El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente a la publicación de la
Resolución de Alcaldía con el anuncio de estas ayudas, extendiendo su vigencia hasta agotar la asignación
presupuestaria recibida por este Ayuntamiento, o en todo caso, hasta el 31 de diciembre de 2021.
4.2.- Las ayudas se solicitarán mediante la presentación del modelo que figura en el Anexo I de las presentes
bases, debidamente rellenado y cumplimentado, dirigido a la Alcaldía, en el Registro de Entrada del
Ayuntamiento de Llera.
4.3. Documentación a presentar junto con el anexo I:
- Copia DNI/NIE de todos los miembros que conviven en el domicilio. Esta información podrá
ser recabada de oficio por el Ayuntamiento previa autorización del solicitante y miembros de la
unidad familiar.
- Copia libro de familia.
- Copia sentencia de separación / divorcio, o en su defecto, convenio regulador, en los casos
que procedan.
- Informe de vida laboral actualizado de todos los miembros de la unidad familiar mayores de
16 años. En caso de trabajadores del régimen agrario, certificado de peonadas efectivamente
trabajadas. Este informe podrá ser recabado de oficio por el Ayuntamiento previa autorización
del solicitante y miembros de la unidad familiar.
- Copia de los ingresos de la unidad familiar de los últimos 3 meses, nóminas, declaración de
IRPF, declaraciones trimestrales y rentas de cualquier naturaleza.
- Certificado de pensiones y/o prestaciones de organismos públicos (SEPE, Seguridad Social) de
todos los miembros que convivan en el domicilio. Estos certificados podrán ser recabados de
oficio por el Ayuntamiento previa autorización del solicitante y miembros de la unidad familiar.
- Aquellas personas que no acrediten ingresos, deberán aportar certificados negativos del SEPE
y Seguridad Social. Estos certificados podrán ser recabados de oficio por el Ayuntamiento
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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