Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Capilla. Delegación de Igualdad y Juventud. Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (02760/2021)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por cementerios locales y otros servicios fúnebres de carácter local
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Ayuntamiento de Capilla
Anuncio 2760/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Capilla
Capilla (Badajoz)
Anuncio 2760/2021
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por cementerios locales y otros
servicios fúnebres de carácter local
Aprobada inicialmente por el Pleno de la Corporación de este Ayuntamiento en sesión ordinaria de 22 de abril de 2021, y
publicado anuncio en el BOP núm. 77 de 27 de abril de 2021, y no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de
exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento de
la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de cementerios locales y otros servicios fúnebres de carácter
local, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ANEXO DE TARIFAS
Tarifa
Concepto
Importe
1
Por concesión de nichos para su ocupación inmediata
150,25€
2
Por concesión de nichos en reserva
300,50€
3
Por concesión de nichos para su ocupación inmediata, de nueva construcción.
500,00€
4
Por concesión de nichos en reserva de nueva construcción
600,00€
5
Por ocupación de columbarios
200,00€
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Mérida.
En Capilla, a 9 de junio de 2021.- La Alcaldesa, Alfonsa Calderón Ramírez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Ayuntamiento de Capilla
Capilla (Badajoz)
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Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por cementerios locales y otros
servicios fúnebres de carácter local
Aprobada inicialmente por el Pleno de la Corporación de este Ayuntamiento en sesión ordinaria de 22 de abril de 2021, y
publicado anuncio en el BOP núm. 77 de 27 de abril de 2021, y no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de
exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento de
la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de cementerios locales y otros servicios fúnebres de carácter
local, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ANEXO DE TARIFAS
Tarifa
Concepto
Importe
1
Por concesión de nichos para su ocupación inmediata
150,25€
2
Por concesión de nichos en reserva
300,50€
3
Por concesión de nichos para su ocupación inmediata, de nueva construcción.
500,00€
4
Por concesión de nichos en reserva de nueva construcción
600,00€
5
Por ocupación de columbarios
200,00€
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Mérida.
En Capilla, a 9 de junio de 2021.- La Alcaldesa, Alfonsa Calderón Ramírez.
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www.dip-badajoz.es/bop
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