Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (02771/2021)
Bases para la provisión, como funcionario o funcionaria de carrera, mediante el sistema de promoción interna por concurso-oposición, de una plaza de Subinspector de la Policía Local del Ayuntamiento de Mérida
18 páginas totales
Página
Recursos Humanos

Anuncio 2771/2021

3.4. Las personas aspirantes deberán manifestar en la solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en
los términos que se recogen en la base segunda, y que se comprometen a prestar juramento o promesa de cumplir
fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental
del Estado.
3.5. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se dirigirán Concejal de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Mérida
y a ella deberán adjuntar la siguiente documentación:
a. DOC. 1: Fotocopia del DNI.
b. DOC. 2: Declaración del aspirante, en la que, de conformidad con lo establecido por el artículo 69 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los
términos y con los efectos jurídicos de dicho precepto, manifiesta bajo su responsabilidad, que cumple con
los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria y en la normativa vigente para el acceso a la
función pública de Policía Local del Ayuntamiento de Mérida, y se compromete a poner a disposición de la
Administración Municipal, dicha documentación cuando sea requerido al efecto.
c. DOC. 3: Certificado expedido por el Secretario del Ayuntamiento de Mérida, en el que se especifique que el
aspirante ha permanecido en situación administrativa de servicio activo en dicho Ayuntamiento como Agente
u oficial, indicando asimismo desde qué fecha. En caso de haber trabajado, además, en otra localidad como
Policía Local, se adjuntará a su vez certificado expedido por el Secretario del Ayuntamiento en cuestión, en el
que se especifique las fechas en las que ha permanecido en situación administrativa de servicio activo como
Agente u Oficial. Todos los certificados deberán determinar de manera diferenciada los períodos activos de
Agente y Oficial en su caso.
d. DOC. 4: Curriculum vitae referido únicamente a los méritos alegados.
e. DOC. 5: Certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que
se haga constar expresamente que la persona aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias
para el ejercicio de la función policial.
f. DOC. 6: méritos alegados para baremación en la fase de concurso, que serán adjuntados en cada fase
establecida en la plataforma de ofertas públicas de empleo del Ayuntamiento https://merida.convoca.online.
g. DOC. 7: permisos de circulación A2 y B.
3.6. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación
del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado además del Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en la
sede electrónica https://sede.merida.es o en la página web municipal http://merida.es.
3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición de la
persona interesada.
3.8. Las personas aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en el apartado 3.5 de la Base tercera,
para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.9. No se abonarán derechos de examen por no tener aprobada tasa relativa al mismo por parte del Ayuntamiento de
Mérida.
CUARTA. ADMISIÓN DE PERSONAS ASPIRANTES.
4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Concejal delegado de Recursos Humanos dictará resolución
declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas, así como la de excluidas. Dicha resolución se publicará en la
sede electrónica del Ayuntamiento de Mérida, junto con la relación de personas aspirantes excluidas y causas que han
motivado su exclusión.
4.2. Las personas aspirantes excluidas, así como las personas omitidas en las relaciones de admitidas y excluidas,
dispondrán de un plazo de Diez Días Hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la lista provisional de
admitidos y excluidos en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mérida, para subsanar los defectos que hayan motivado
su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Las personas aspirantes que, dentro del plazo
señalado, no subsanasen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 4 de 18