Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (02700/2021)
Bases reguladoras de las ayudas a asociaciones y clubes deportivos de Montijo 2021
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Montijo
Anuncio 2700/2021
_______________
ANEXO III
DECLARACIÓN REPONSABLE SOBRE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DESEGURIDAD SOCIAL.
D.______________________________________________,con
DNI____________domicilio
en______________________________________________________________,
teléfono________________________email______________________________________, en calidad de presidente/a del/de la
Club/Asociación/Entidad: ________________________________________________________________________ en relación al procedimiento
de concesión del Programa de ayudas destinadas a asociaciones, clubes y entidades deportivas de Montijo 2021, del que es
interesado,
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD.
Que cumple y acepta las condiciones del Programa de ayudas previstas en las bases específicas reguladoras de la misma.
No se halla incurso en ninguna de las prohibiciones que para ser beneficiario se establecen en el artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en particular:
- No ha sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener
subvenciones o ayudas públicas.
- No ha solicitado la declaración de concurso, ni ha sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, ni
se halla declarado en concurso, ni está sujeto a intervención judicial, ni se encuentra inhabilitado conforme a
Ley concursal.
- No ha dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier
contrato celebrado con la Administración.
- No estar incurso la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que
ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de
11 de mayo, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la Nación y de los altos cargos de la
Administración General del Estado, de la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidad del personal al
servicio de las Administraciones Públicas, ni se trata de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley
Orgánica 5/1985 de 19 de junio, del régimen electoral general, en los términos establecidos en la misma o en
la normativa autonómica que regule estas materias.
- No ha sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones
según lo previsto en la Ley General de Subvenciones o en la Ley General Tributaria.
- No tiene la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
- No está incurso en la causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley orgánica
1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación.
Que se haya al corriente:
1.º.- De sus obligaciones fiscales con la Agencia Tributaria.
2.º.- De sus obligaciones con la Seguridad Social.
3.º.- De sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Montijo.
No tiene pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Declaración que se realiza para que surta efectos ante el Excmo. Ayuntamiento de Montijo, de acuerdo a lo establecido en
el Reglamento de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones y resto de normativa de aplicación.
En Montijo, a ___ de _______________ de 2021.
Fdo.: _________________________________
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 11 de 13
Anuncio 2700/2021
_______________
ANEXO III
DECLARACIÓN REPONSABLE SOBRE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DESEGURIDAD SOCIAL.
D.______________________________________________,con
DNI____________domicilio
en______________________________________________________________,
teléfono________________________email______________________________________, en calidad de presidente/a del/de la
Club/Asociación/Entidad: ________________________________________________________________________ en relación al procedimiento
de concesión del Programa de ayudas destinadas a asociaciones, clubes y entidades deportivas de Montijo 2021, del que es
interesado,
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD.
Que cumple y acepta las condiciones del Programa de ayudas previstas en las bases específicas reguladoras de la misma.
No se halla incurso en ninguna de las prohibiciones que para ser beneficiario se establecen en el artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en particular:
- No ha sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener
subvenciones o ayudas públicas.
- No ha solicitado la declaración de concurso, ni ha sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, ni
se halla declarado en concurso, ni está sujeto a intervención judicial, ni se encuentra inhabilitado conforme a
Ley concursal.
- No ha dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier
contrato celebrado con la Administración.
- No estar incurso la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que
ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de
11 de mayo, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la Nación y de los altos cargos de la
Administración General del Estado, de la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidad del personal al
servicio de las Administraciones Públicas, ni se trata de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley
Orgánica 5/1985 de 19 de junio, del régimen electoral general, en los términos establecidos en la misma o en
la normativa autonómica que regule estas materias.
- No ha sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones
según lo previsto en la Ley General de Subvenciones o en la Ley General Tributaria.
- No tiene la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
- No está incurso en la causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley orgánica
1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación.
Que se haya al corriente:
1.º.- De sus obligaciones fiscales con la Agencia Tributaria.
2.º.- De sus obligaciones con la Seguridad Social.
3.º.- De sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Montijo.
No tiene pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Declaración que se realiza para que surta efectos ante el Excmo. Ayuntamiento de Montijo, de acuerdo a lo establecido en
el Reglamento de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones y resto de normativa de aplicación.
En Montijo, a ___ de _______________ de 2021.
Fdo.: _________________________________
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 11 de 13