Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (02651/2021)
Extracto de la convocatoria de ayudas para suministro mínimos vitales 2021 del Ayuntamiento de Montijo
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Ayuntamiento de Montijo

Anuncio 2651/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Montijo
Montijo (Badajoz)
Anuncio 2651/2021
Extracto de la convocatoria de ayudas para suministro mínimos vitales 2021 del Ayuntamiento de Montijo

CONVOCATORIA MÍNIMOS VITALES 2021 AYUNTAMIENTO DE MONTIJO
BDNS (Identif.): 566810
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/566810)
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas para suministros mínimos vitales las personas incluidas en el apartado
quinto de decreto 11/2021, de 17 de marzo, por el que se establecen las condiciones de gestión y ejecución
presupuestaria del Programa de Colaboración Económica Municipal para Suministros Mínimos Vitales.
Segundo.- Objeto.
La presente convocatoria regula la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva y de adjudicación
directa, hasta que se agote el crédito presupuestario de la aplicación económica, las subvenciones
correspondientes al ejercicio económico para el año 2021, destinadas a garantizar el acceso a los suministros
mínimos vitales, todo conforme a los criterios previstos en el Decreto 11/2021, de 17 de marzo, por el que se
establecen las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria del Programa de Colaboración Económica
Municipal para Suministros Mínimos Vitales.
Tercero.- Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en el Decreto 11/2021, de 17
de marzo, por el que se establecen las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria del Programa de
Colaboración Económica Municipal para Suministros Mínimos Vitales
Cuarto.- Cuantía de la ayuda.
Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención para el ejercicio 2021 son los siguientes:
231/ 48000. Asistencia social primaria - A familias e instituciones sin fines de lucro. 53.300,00 €
El importe máximo anual de las ayudas es el establecido en el artículo 7, decreto 11/2021, de 17 de marzo,
por el que se establecen las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria del Programa de Colaboración
Económica Municipal para Suministros Mínimos Vitales.
El crédito máximo que se destinará a la financiación de la presente convocatoria durante el ejercicio 2021 será
53.300,00 euros.
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se realizará en régimen de concurrencia no competitiva
y de adjudicación directa.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, los créditos
podrán incrementarse sin necesidad de nueva convocatoria, siempre que se hubieran generado créditos tras
recibir una subvención con la misma finalidad.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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