Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (02684/2021)
Decreto de concesión de las subvenciones presentadas al amparo del Plan Cohesiona 2021
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

Anuncio 2684/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Badajoz
Anuncio 2684/2021
Decreto de concesión de las subvenciones presentadas al amparo del Plan Cohesiona 2021

DECRETO DE CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES PRESENTADAS AL AMPARO DEL COHESION@ 2021
En el Palacio Provincial de la Excma. Diputación de Badajoz.
Visto el informe propuesta emitido por la dirección del Área de Fomento, de fecha 25 de mayo de 2021, cuyo tenor literal es
el siguiente:
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
1.
2.
3.
4.
5.
6.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial.
Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Badajoz.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
ANTECEDENTES DE HECHO:

Primero.- Mediante Decreto del Presidente de 8 de abril de 2021 (anuncio 1568/2021 del Boletín Oficial de la Provincia
número 65, de fecha 9 de abril de 2021), se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Plan
Cohesion@ 2021 cuyo fin es el fomento e impulso de la actividad económica, garantizando de esta forma la solidaridad y el
reequilibrio intermunicipal y territorial de los municipios de la provincia.
Segundo.- En dichas bases se establecía un plazo de 15 días hábiles para la presentación de solicitudes contados a partir del
día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, terminando el mismo el
30 de mayo de 2021.
Tercero.- Conforme a lo establecido en la base 10 de la convocatoria de subvenciones, se ha procedido a la comprobación
por el Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos del Área de Fomento de los diferentes datos en virtud de los
cuales debía formularse la presente propuesta de resolución.
Cuarto.- Constituida la Comisión de Valoración del Plan y celebrada su primera reunión en fecha 25 de mayo de 2021, se
presenta informe emitido por la Secretaria de la misma acreditativo del cumplimiento de las condiciones impuestas para
adquirir la condición de beneficiario de la subvención, destacando lo siguiente:
Todos los ayuntamientos a excepción de Mérida (por problemas informáticos) han solicitado en el plazo establecido
en las bases las ayudas correspondientes a través de la presentación de los anexos 2, 3, 4 y 5 exigidos en la
convocatoria.
Todas las entidades solicitantes se encuentran al corriente de sus obligaciones con la Diputación Provincial de
Badajoz a excepción de Alburquerque y Badajoz, las cuales en virtud de lo establecido en el anexo 1 autorizan a la
Diputación de Badajoz para que, en caso de no estar al corriente con la Hacienda Provincial en el momento del pago,
se compense de oficio el importe debido con cargo a la parte que corresponda al Plan.
Por todo lo anterior, vistas las solicitudes y documentos presentados, y al amparo de lo establecido en las bases de la
convocatoria de subvenciones publicadas en el BOP de 9 de abril y la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación
de Badajoz, y de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado
por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en uso de las facultades y competencias que me son conferidas por la legislación
vigente,
RESUELVO:
Primero.- Conceder y proceder al pago de la subvención a las entidades locales solicitantes de las ayudas, por
los importes que se relacionan en el anexo 1 a esta resolución, teniendo en cuenta la compensación que en
relación a los ayuntamientos de Alburquerque y Badajoz proceda, en su caso, realizar conforme a lo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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