Administración de Justicia. Juzgados. Juzgados de lo Social. Juzgado de lo Social Número 2 (Badajoz). (02571/2021)
Notificación ejecución de títulos judiciales 57/2019
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Juzgado de lo Social Número 2

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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADOS
Juzgados de lo Social
Juzgado de lo Social Número 2
Badajoz
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Notificación ejecución de títulos judiciales 57/2019

NIG: 06015 44 4 2018 0003331.
ETJ Ejecución de títulos judiciales 0000057/2019.
Procedimiento origen: CUA Cuenta de Abogados 0000829/2018.
Sobre ordinario.
Demandante: Don Ignacio Vera Leal.
Abogado: Don Ignacio Vera Leal.
Demandado: Don Carlos Espinosa Rodrigo.
Don Fernando Barrantes Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Dos de
Badajoz.
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 0000057/2019, de este Juzgado de lo Social, seguidos a
instancia de don Ignacio Vera Leal contra la empresa Carlos Espinosa Rodrigo, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente
resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
"DECRETO
Letrado/a de la Administración de Justicia don Fernando Barrantes Fernández.
En Badajoz, a veintiséis de abril de dos mil veintiuno.
ANTECENDETES DE HECHO
Primero.- Mediante resolución de fecha 10/12/20 se acordó el archivo provisional del ejecución de títulos judiciales 57/2019,
sin perjuicio de que la parte ejecutante cuando tuviere conocimiento de bienes o derechos del ejecutado los ponga, si a su
derecho interesa, de manifiesto a este Juzgado, al objeto de realizar por la vía de apremio cuantas actuaciones sean
conducentes para el reintegro de las cantidades adeudadas.
Segundo.- La parte ejecutante ha presentado escrito solicitando la reapertura de la presente ejecución, a fin de acordar la
reexpedición de los saldos en cuentas corrientes y devoluciones tributarias, así como la averiguación actual del patrimonio
del ejecutado incluido sus datos actuales de la Tesorería General de la Seguridad Social.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
En las presentes actuaciones se procedió al archivo provisional del mismo, sin perjuicio de que la parte ejecutante cuando
tuviere conocimiento de bienes o derechos del ejecutado los pusiera, si a su derecho interesa, de manifiesto a este Juzgado,
al objeto de realizar por la vía de apremio cuantas actuaciones sean conducentes para el reintegro de las cantidades
adeudadas. En este caso procede la reapertura al haber comunicado el ejecutante la modificación de las circunstancias por
las que se acordó el archivo, solicitando la reactivación de las medidas ejecutivas acordadas.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo: Reaperturar la presente ejecución y continuar la misma hasta la completa satisfacción de la parte ejecutante.
Reexpídanse las órdenes de embargos automáticos de saldos de cuentas y devoluciones tributarias y procédase a la
averiguación patrimonial del ejecutado, incluida su vida laboral, y dese traslado a la parte solicitante.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el
primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados,
señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización
facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no
sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos
actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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