Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Nava de Santiago. (02582/2021)
Convocatoria para la constitución de bolsa de trabajo para la provisión mediante nombramiento interino, de puestos de Agente de la Policía Local en La Nava de Santiago
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Ayuntamiento de La Nava de Santiago

Anuncio 2582/2021

Ojo y visión: Agudeza visual espontánea remota inferior a 1/2 (un medio) en el ojo peor y 2/3 (dos tercios) en el otro,
según la escala de Wecker; hemianopsias; discromatopsias; desprendimiento de retina; estrabismo.
Oído y audición: Sordomudez; agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35
decibelios, o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.
Varices o insuficiencia venosa periférica, que puedan afectar al desarrollo de sus funciones.
3. Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten la realización del servicio encomendado o puedan agravarse a
juicio del Tribunal Médico con el puesto de trabajo (amputaciones de manos, pies o sus dedos, retracciones o limitaciones
funcionales de tipo muscular, ósea o articular, pie plano, defectos de la estática de la columna vertebral).
4. Otras exclusiones:
4.1. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función
policial, o que puedan agravarse, a juicio del Tribunal Médico, con el desempeño del puesto de trabajo
(patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular,
defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares).
4.2. Aparato digestivo: Úlcera gastroduodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio del Tribunal
Médico, dificulte el desempeño del puesto de trabajo.
4.3. Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en
reposo los 145 mm/Hg en presión sistólica, y los 90 mm/Hg en presión diastólica; varices o insuficiencia
venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio del Tribunal Médico,
pueda limitar el desempeño del puesto de trabajo.
4.4. Aparato respiratorio: Asma bronquial, broncopatía crónica obstructiva, neumotórax espontáneo (en más
de una ocasión), tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el
desarrollo de la función policial.
4.5. Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y
otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.
4.6. Piel: Psoriasis, eczema, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que
dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
4.7. Otros procesos patológicos: Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de
transmisión sexual, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves,
malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico
limite o incapacite para el ejercicio de la función policial.
4.8. Trastornos psiquiátricos o psicológicos: Esquizofrenia, neurosis, fobias (claustrofobia o agorafobia) así
como cualquier trastorno psiquiátrico o psicológico que a juicio del Tribunal trastorne su conducta y dificulte
el desarrollo de la función policial.
4.9. Metabólicos: Obesidad mórbida o crisis hipoglucemia que dificulte las realizaciones específicas del puesto
al que opta.
En_______________________ a_____ de__________ de 2021.

El Alcalde.

En La Nava de Santiago, a 28 de mayo de 2021.- El Alcalde, Emiliano Cortés Rueda.

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